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FLAVIO FLORENTÍN

  HISTORIA DE LA EDUCACIÓN EN EL PARAGUAY DE POSTGUERRA 1870 A 1920 - Por FLAVIO FLORENTÍN


HISTORIA DE LA EDUCACIÓN EN EL PARAGUAY DE POSTGUERRA 1870 A 1920 - Por FLAVIO FLORENTÍN

HISTORIA DE LA EDUCACIÓN EN EL PARAGUAY

DE POSTGUERRA 1870 A 1920.

Por FLAVIO FLORENTÍN

 

Editorial EL LECTOR.

www.ellector.com.py

Revisión y corrección: Martha Sprung

Diseño y Diagramación: Denís Condoretty

Asunción – Paraguay

2009 (192 páginas)

 

 

 

ABREVIATURAS

A.N.A. .................................................Archivo Nacional de Asunción.

Ap. ......................................................................Apéndice Documental.

C. N. E. ...............................................Consejo Nacional de Educación.

D. G. E. .................................................Dirección General de Escuelas.

M. J. C. el. P ......Ministerio de Justicia Culto e Instrucción Pública. 

Pg……………………..........………………………..….…………Página.

Pgs. ................................................................................................ Páginas.

R. O..................................................................................... Registro Oficial.

R. I. P………………….....……..……. Revista de Instrucción Primaria.

R. E. ................................................................................... Revista Escolar.

S. E. .............................................................................Sección Educación.

S. H. ................................................................................Sección Histórica.

Tm. …………………….........……………………...Tomo de Documento.

vol. ..................................................................... Volumen del documento.

 

 

 

INDICE

PRIMERA PARTE

Introducción

I. Consideraciones introductorias

A. ¿Por qué una nueva historia de la educación?

B. Fundamentos de esta investigación

C. ¿Cómo se narra esta historia?

D. Hipótesis de trabajo

E. Estado general de las publicaciones

   a. Publicaciones que aparecieron entre los años 1870 a 1940

   b. Publicaciones contemporáneas

 F. Síntesis general del capítulo

SEGUNDA PARTE: Desarrollo histórico y pedagógico de la educación en las dos décadas posteriores a 1870.

CAPÍTULO PRIMERO: Estado general de la educación.

I. Estado General de la Educación posterior a 1870

A. Instituciones de Enseñanza inicial

1. Escuelas de primeras letras

2. Escuelas particulares

3. Escuelas públicas

4. Escuelas de Adultos

B. Instituciones de formación.

1. Incipiente Colegio Nacional de Niños

2. Academia para preceptores y preceptoras

II. Leyes y decretos para el fomento de la Educación

A. Primeros decretos en materia de educación

1. Relevancia histórica del decreto del 7 de marzo de 1870

2. La Constitución de 1870 y sus aportes a la Educación

B. Política Educativa de los Gobernantes de 1870 a 1890

1. Salvador Jovellanos: Creación del consejo de instrucción Pública

2. Juan Bautista Gill: Aporte de los profesores extranjeros y la creación del Colegio Nacional

3. Bernardino Caballero: Fomento de la enseñanza inicial y creación de escuelas del interior

4. Patricio Escobar: Colegio Nacionales del interior y la Universidad Nacional

III. Estructura Administrativa para el fomento de la Educación.

A. Ministerio de Justicia Culto e Instrucción Pública

1. Nueva organización política del país

2. Estructura interna del Ministerio de Justicia Culto e Instrucción Pública

B. Consejo de Instrucción Pública

1. Decreto de creación

2. Reglamentaciones y atribuciones del Consejo de Instrucción Pública

C. Consejos Escolares

1. Ley que regula los Consejos Escolares

2. Deberes y atribuciones de los Consejos Escolares

3. Valoración de los Consejos Escolares.

D. Reglamento General para las Escuelas Públicas

1. Normativa general del Reglamento

2. Reglamentos de la Institución educativa

3. Reglamentaciones en cuanto a la metodología de enseñanza

4. Desempeño del maestro, disciplinas y exámenes

E. Síntesis del Capítulo

CAPÍTULO SEGUNDO: Situación interna de la educación paraguaya

I. Situación interna de las escuelas del país

A. Aspectos Formales

1. Edificios escolares

2. Preceptores y maestros: Formación y práctica

3. Progreso de la matrícula escolar

B. Materiales y recursos didácticos

1. Textos y materiales impresos

2.  Útiles y enseres escolares

3. Política del Gobierno sobre adquisición de materiales

C.  Metodología de enseñanza

1. Teoría y práctica de la enseñanza

Evaluaciones

3. Disciplina en el aula

II. Apertura y aportes de profesores extranjeros

A. Planes y proyectos

1. Profesor Pedro Dupuis

2. El Plan Dupuis

3. Pedro Dupuis y el Colegio Nacional

B. Profesores extranjeros en el ejercicio de la Docencia

1. Profesores extranjeros en la capital.

Profesores extranjeros en escuelas del interior

III. Centros de Formación: Secundaria, Normal y Superior

A. Formación Secundaria

B. Formación Normal

C. Estudios Superiores

D. Educación técnica

E. Síntesis del capítulo

CAPÍTULO TERCERO: Avances pedagógicos de la educación en las dos primeras décadas de 1900

I. Situación general de la educación en la región

A. Región sudamericana

1. Desarrollo educativo de la Argentina

2. La próspera educación en Chile

3. Organización educativa del Uruguay

B. Educación en Brasil y Bolivia.

I. Educación en Brasil y el aporte del reino portugués

1. Realidad educativa de Bolivia

II. Estructura política técnico-pedagógica de la educación paraguaya a comienzos del siglo XX.

Marco político administrativo de la educación

Consejo de instrucción Pública

1. Creación del Consejo Nacional de Educación

2. Primer Congreso Pedagógico del Paraguay

3. Obligatoriedad de la educación primaria

4. Fomento de la educación primaria y normal

B. Reforma a planes de estudios

1. Reforma del año 1902

2. Reforma del Plan de Estudio para la Enseñanza

Secundaria y Escuelas Normales

3. Reforma del Régimen escolar del año 1906

 4. Reforma del Plan de Estudios de la Instrucción

Primaria de 1915

5. Reforma del plan de estudios de la Enseñanza Secundaria

C. Política de Becas al extranjero.

III. Instrumentos de divulgación pedagógica

A. Revistas publicadas en los últimos años de 1800

1. El Normalista

2. La Escuela Moderna

3. La Enseñanza

B. Revistas publicadas en años posteriores a 1900

1. Revista Escolar

2. Revista de Instrucción Primaria

C. Síntesis del capítulo

TERCERA PARTE: Conclusiones y Apéndice Documental.

A. Conclusiones

B. Bibliografía

C. Apéndice Documental

 

 

PRIMERA PARTE INTRODUCCIÓN

En el Paraguay, el pasado sigue impregnado de manera obstinada en el presente, y es en la historia de la educación donde de manera clara tino puede observar esta realidad. La educación sirve a los estados para lograr cambios o encausar nuevos modelos de convivencia social; es por eso que si el pasado - que sigue estando en el presente -se desconoce; no se puede apreciar las prácticas y modelos que siguen atando a un pueblo a su pasado. En la historia de la educación de posguerra, se considera de vital importancia el análisis de fuentes primarias. Este acercamiento permite contar de manera más acertada los acontecimientos. El lector podrá encontrar en estos capítulos un detallado recuento de las primeras acciones particulares y gubernamentales en torno a la educación de postguerra.

En la primera parte se presentan las cuestiones introductoras que hacen a toda investigación. Se inicia con un capítulo donde se presenta el problema que la historiografía de la historia cultural del Paraguay plantea. Se propone esta manera de hacer historia, fundamentalmente porque las nuevas generaciones necesitan tener a mano, una nueva historia de la educación de la postguerra que les permita conocer los fundamentos que sostienen las necesidad del presente texto. Se describe en los primeros capítulos los límites dentro de los cuales se realiza el análisis. La metodología de la cual se sirve el presente texto, es lo que todo historiador tiene a mano. Documentos testimoniales que acreditan y recrean la narrativa de los hechos. Se reconoce desde el inicio que en esta tarea de recontar la historia otros autores, preceden a la presente obra. Esto permite enmarcar el presente trabajo dentro del un marco historiográfico. Conscientemente se afirma que la presente obra no es un trabajo inédito, pero como toda investigación de carácter histórico requiere de revisión o de una relectura a la luz de los materiales publicados con anterioridad, se toma unas páginas para mencionar y dar crédito a excelentes trabajos previos. En este punto se analizará desde tina perspectiva historiográfica las publicaciones acerca de la historia de la educación Paraguay de posguerra.

La parte central del trabajo contiene tres capítulos que tratan de recoger el resultado de las pesquisas y recolección de informaciones. Principalmente se analiza el tema del estado general de la educación en el Paraguay de posguerra. En estas secciones el lector encontrará descripciones sobre las instituciones de enseñanza inicial y las instituciones de formación.

También se analizan los decretos que impulsaron los gobiernos en materia de educación. Se estudia y describe la política de cuatro gobernantes que, de manera consciente - a nuestro juicio - dieron mucha atención al desarrollo de la educación. Además se analiza y describe la estructura administrativa que se diseñó para el desarrollo de la educación, estudiando el papel del Consejo de Instrucción Pública, de los Consejos Escolares y de los reglamentos que servían de norma para las escuelas públicas.

En un segundo capítulo se analiza la situación interna de la educación en el país. Se describe los edificios escolares, la formación y la práctica educativa de los preceptores y los progresos en la matrícula escolar. Se se analiza y describen los textos, materiales didácticos y útiles empleados. La metodología de enseñanza también recibe atención y análisis en esta sección. Un destaque importante de la investigación lo constituye el aporte de los profesores extranjeros en materia educativa. Finaliza el capitulo con un análisis de los centros de formación Secundaria, Normal, Superior y Técnica existentes en el país en los años considerados.

Los siguientes capítulos se ocupan de los métodos pedagógicos en las primeras dos décadas. A fin de brindar un marco referenccal a la situación en el Paraguay se realiza una síntesis de la educación en los países de la región sudamericana, para luego analizar y describir la estructura política y pedagógica de la educación paraguaya en las dos primeras décadas de 1900. Se apunta los resultados del Primer Congreso Pedagógico del Paraguay, y las diferentes reformas a planes y estructuras de la educación que ocurrieron en las dos primeras décadas de 1900. Se plantea y describe la política seguida en relación a los estudiantes paraguayos que fueron becados al extranjero. Finalmente se realiza un estudio de los materiales de divulgación pedagógica, viendo su valiosa contribución a la formación y capacitación pedagógica como también su aporte al proceso y desarrollo de la educación en el país.

La última parte del trabajo se destina a conclusiones generales, que buscan sintetizar las acciones y progresos notados en el periodo analizado. El interesado encontrará al final del trabajo una sección con un Apéndice Documental donde se transcriben documentos considerados de valor y utilidad. Esta publicación también incluye abundante bibliografía que respalda lo escrito en la presente obra. Incluye fuentes primarias, analizadas en el Archivo Nacional de Asunción, publicaciones anteriores, artículos y otras fuentes consultadas.

 

 

CONSIDERACIONES INTRODUCTORIAS

 

A. ¿POR QUÉ UNA NUEVA HISTORIA DE LA EDUCACIÓN EN EL PARAGUAY DE POSGUERRA?

La exploración de los textos publicados sobre la Historia de la Educación en el Paraguay, tiene la virtud de introducir al interesado en el tema brindándole un cúmulo de informaciones de carácter general. Las publicaciones existentes hacen referencia a un lapso de tiempo extenso y aportan datos muy generales en torno a la historia de la educación en nuestro país. Por esto, es necesario darle profundidad a los detalles de los acontecimientos. Esta profundización posibilita una comprensión más acabada del desarrollo histórico de la educación en la posguerra. La reducción del tiempo analizado permite darle el real valor a los aconte-cimientos. Un estudio de carácter general, difícilmente puede aportar conclusiones de carácter particular. Un análisis de las particularidades una época posibilita llegar a conclusiones generales que hasta hoy se observan en la práctica y desarrollo de la educación en el país.

La presente investigación pretende analizar la historia de la educación de la posguerra de 1870 con el fin de presentarla en sus detalles. Esta narración detallada de los hechos significativos permite visualizar el progreso cuantitativo y cualitativo del estado de los centros educativos, de los alumnos, de los textos, útiles y enseres utilizados en el proceso de enseñanza. Además, da la oportunidad para que el lector pueda apreciar - aunque de manera lenta - el progreso de la metodología aplicada en la enseñanza en las instituciones públicas y particulares Privadas. Esta orientación de la investigación permite profundizar el análisis de los sucesos y lograr un manejo más fiable de la información, que a la hora de esbozar una filosofía de la educación paraguaya en el periodo analizado, sea la que reflejan los documentos. Por supuesto no se desconoce que todo proceso político, como lo es el desarrollo educativo de un país; no debe descuidar el contexto geopolítico en el cual se desenvuelve. Por esto se incluye una sección donde se analiza la realidad educativa en la región sudamericana.

 

B. FUNDAMENTOS DE ESTA INVESTIGACIÓN

Tres razones pueden servir como soporte a la presente investigación. La primera tiene que ver con la necesidad de seguir profundizando el conocimiento de la Historia Cultural del Paraguay. Un somero análisis de nuestra historiografía revela la escasez de investigación realizada en este ámbito. Tomando en consideración que la educación es un vínculo importante en la formación y en la transmisión de la cultura de un pueblo, se impone que toda historia de la cultura busque seguir edificándose sobre una mayor y mejor comprensión de la historia de su educación.

La segunda razón tiene que ver con la necesidad de profundizar el análisis de la educación de la Posguerra. La literatura histórica ha hecho referencia sobradamente al estado social y económico calamitoso en que quedó el Paraguay al término de la guerra de la Triple Alianza. Los estudios publicados acerca de la historia de la educación en la posguerra brindan importantes datos acerca del papel que le cupo a la educación pública en la recomposición social del país. La mayoría de estos textos enfocan el asunto desde un punto de vista general. Asumiendo - dentro de la generalidad - que la educación jugó un papel vital dentro del reordenamiento social. Aunque pudiera ser esto real, es preciso contarlo en sus detalles y dentro del marco histórico en el que se desarrolló. La profundidad del tema solo es posible si se analizan los documentos primarios que dieron vida y que son los testimonios fehacientes que nos permiten contar esa historia. En el afán de responder a esta inquietud la investigación ha encontrado una cantidad inmensa de materiales que aún no fueron estudiados y que para peor, ni siquiera están catalogados. Estos documentos pertenecen a la sección del Ministerio de Justicia, Culto e Instrucción Pública del Archivo Nacional de Asunción. Las cartas, los informes de maestros, los decretos de creación de nuevas escuelas e instituciones de enseñanza secundaria y superior, inventarios de escuelas. Las discusiones y publicaciones en torno a los acontecimientos educativos, aportan también datos para el análisis. La aproximación a esos testimonios documentales permite que hoy se pueda narrar la historia de la educación de manera distinta a la que muchos materiales lo han narrado.

La tercera razón que justifica esta investigación es la necesidad de poner a conocimiento público los documentos testimoniales de la época, que poco se ha analizado hasta el momento. Los documentos existentes en toda la sección Ministerio de Justicia Culto e Instrucción Pública del Archivo Nacional de Asunción, recrean la época e informan sobre las dificultades y avances en materia educativa. Sacarlos a la luz pública es una manera de valorarlos. El análisis de los mismos y su utilización en el presente trabajo dan una mayor claridad y comprensión histórica y ponen de manifiesto el desarrollo histórico y pedagógico de la educación en la posguerra de 1870.

Es necesario realizar algunas precisiones y limitaciones sobre el I uso y sentido de los términos “educación” e “instrucción”. El diccionario general de la lengua española define a la educación como “presentación sistemática de hechos, ideas, habilidades y técnicas a los estudiantes”. Esta manera de concebir la educación, bien se puede asociar al concepto de “instrucción”, cuya definición en la misma fuente dice “primera enseñanza pública que se da en establecimientos sostenidos por el Estado”. Estas precisiones permiten hacer un uso discrecional de ambos conceptos para señalar un mismo sentido. Cuando en la presente obra se refiere a educación o instrucción se está señalando la presentación sistemática de ideas, hechos o habilidades tendientes a la capacitación de alumnos en centros educativos de carácter público o privado.

El análisis abarca el período de 1870 a 1920, afectando toda la realidad del Paraguay de la posguerra, ya que la educación no es una parte aislada de la realidad, ajena a las coyunturas sociales y políticas. En el tratamiento de la información se dará preferente atención al desarrollo educativo de carácter primario. La educación secundaria y terciaria se analizarán en forma somera, pues la prioridad de la investigación se centra en la educación primaria.

 

C. ¿CÓMO SE NARRA ESTA HISTORIA?

Asumiendo que la metodología es el camino o la manera de proceder a fin de lograr, con mayor facilidad y perfección, un fin determinado,1 en la presente investigación se analizan los documentos primarios no publicados o poco conocidos para extraer de ellos interpretaciones que clarifiquen los sucesos. Las publicaciones existentes sobre el tema serán también fuente de consulta para cotejarlas o com-pararlas con las fuentes documentales primarias.

La selección de las fuentes seguirá un interés cualitativo, antes que cuantitativo. Es necesario dejar constancia de que las fuentes primarias consultadas no están catalogadas. Esto obligó a realizar un pormenorizado análisis y lectura de los documentos obrantes a lo largo de los cincuenta años investigados. Se optó por tomar dos tomos de documentos por año, analizarlos y catalogarlos para los efectos de la presente investigación. En algunos pocos años existe un solo volumen de documentos. Puesto que los documentos analizados no están foliados, se optó por utilizar una nomenclatura de citas que incluye paginación, obviando incluir número de folio pues los volúmenes no incluyen, salvo algunos que contienen documentos de los primeros años posteriores a 1870.

A fin de justificar lo expuesto en el cuerpo de la investigación se incluirá en la parte final del trabajo un capítulo a modo de apéndice donde se expondrán algunas fuentes primarias, consideradas de relevancia para la investigación. En cuanto a forma, la presente investigación será racional utilizando procedimientos regulados por principios científicos. Buscará ser sintética, pretendiendo llegar a lo más complejo desde lo más simple y buscará ser analítica, pretendiendo llegar a las partes simples partiendo de lo más complejo.

En cuanto a su ordenación y sistematización se estructurará en capítulos, cada uno de los cuales tiene el soporte de abundante fuente documental. En la introducción general se especificó el objetivo de las secciones y los capítulos. La última sección del trabajo se dedicará a las conclusiones, apéndices y bibliografía. En el capítulo dedicado al apéndice se transcribirán documentos que están al amparo del Archivo Nacional de Asunción. La bibliografía será selecta en cuanto al tema investigado, y general en cuanto a fuentes consultadas que no necesariamente tienen relación directa con el tema. Dejamos constancia de que nuestro análisis, si bien es profundo, deja lugar a futuras investigaciones que pueden enriquecer el estudio de la Historia de la Educación en el Paraguay.

 

D. HIPÓTESIS DE TRABAJO

Las siguientes hipótesis de trabajo2 se formulan contemplando el período limitado para la presente investigación.

1. Durante las primeras dos décadas posteriores al año 1870, las decisiones respecto a la gestión educativa en el país surgen de un interés político más que pedagógico.

2. La implementación de nuevos enfoques pedagógicos en la educación paraguaya fue iniciativa de maestros formados en el extranjero.

3. La formación normalista nacional permitió la difusión y aplicación de métodos pedagógicos en la enseñanza.

 

E. ESTADO GENERAL DE LAS PUBLICACIONES SOBRE LA EDUCACIÓN EN EL PARAGUAY

En esta sección se realiza un análisis historiográfico de las publicaciones que aparecieron sobre la Educación en el Paraguay. El análisis como punto de partida tanto publicaciones de la época de referencia  como contemporáneas. Debido a la relevancia que las publicaciones  sobre la Historia Cultural del Paraguay aportan al tema de la educación se incluirán también en este análisis. Se seguirá el orden cronológico para el desarrollo de este punto.

 

Publicaciones que aparecieron entre los años 1870 a 1940.

1. Primera Memoria que sobre Educación Común aparece en la Nación (1890)3.  Trabajo de Atanasio C. Riera, cuya función como Superintendente de Instrucción Pública le permitió elaborar y publicar el documento. Es un documento oficial que elaboró para presentar al Consejo Superior de Educación. De inigualable valor documental, informa de manera clara sobre la situación de la educación en las dos primeras  décadas posteriores a 1970.

El detallado informe contiene una primera parte descriptiva de la organización y del personal del Consejo Superior de Educación. Una vivida descripción de los aspectos relacionados a la práctica educativa; preceptores, su preparación, materiales de enseñanza, matrícula de los alumnos y los Consejos escolares que funcionaban. La riqueza del documento radica en el apéndice documental donde Riera provee un pomenorizado informe estadístico de las escuelas públicas y particulares, el personal docente con su preparación, el movimiento de útiles y la provisión de materiales, los fondos y su administración, los edificios escolares, sus dimensiones y estado actual. En apreciación de Riera las razones del escaso progreso de la educación en la posguerra es causa de dos razones externas y una interna: La mediterraneidad del Paraguay y la escasa migración extranjera son las razones de carácter externo. Internamente la implementación de la Educación Normal sería el medio que puede generar los progresos que se anhelan.4

El documento -que apareció en forma impresa- al ser un informe oficial tuvo una reducida circulación, pero gracias a la Biblioteca de la Universidad Católica pudimos acceder al original que Atanasio Riera que según un escrito de puño y letra de Riera fue un obsequio personal a su amigo José Segundo Decoud. La Primera Memoria de Riera es un material insustituible para la comprensión de las primeras dos décadas de la educación paraguaya posterior a 1870.

2. La Historia de la Enseñanza Nacional (1897), Conferencia dada en el Instituto Paraguayo por Manuel Domínguez, publicada en forma íntegra ese mismo año por la Revista del Instituto Paraguayo.5

Manuel Domínguez, nacido en 1868 en Pilar, obtuvo una beca para realizar sus estudios en el extranjero, ejerció la docencia en el Co-legio Nacional de la Capital y en la Facultad de Derecho. Fue Director del Archivo Nacional de Asunción y del Colegio Nacional de la Capital. Poseedor de una cultura enciclopedista, nos dejó una vasta producción bibliográfica. Falleció en Asunción el 29 de octubre de 1935.6

La Historia de la Enseñanza Nacional es probablemente la primera obra que estudia, analiza y documenta sistemáticamente la historia de la educación en el Paraguay. Domínguez inicia su conferencia con la época de la conquista española y concluye con algunas líneas sobre la educación de la post guerra de 1870. Atribuye a los jesuitas el establecimiento del primer centro de enseñanza y da mucho realce a la labor educativa de la Junta Gubernativa de 1812, representada por Caballero y Yegros. Domínguez destaca de manera enfática las iniciativas de los López en materia de instrucción pública en detrimento de la dictadura de Francia.

El valor de la obra de Manuel Domínguez radica en ser la primera sistematización de la historia de la Educación en el Paraguay colonial e independiente. Los aportes bibliográficos que presenta para respaldar sus ideas son abundantes y relevantes. Como pensador de su época no escapó a las disputas, rencillas y pasiones en torno a las controvertidas épocas de Francia y los López.

3. Álbum Gráfico de la República del Paraguay. Año 1911. Publicado bajo la dirección de Arsenio López Decoud.7 La publicación se realizó en los talleres gráficos de la Compañía de Fósforos de Buenos Aires en el año 1911. El artículo referente a la Instrucción Pública en el Paraguay, corresponde a Cecilio Báez. En el mismo, Báez afirma que la gran tarea de reconstruir las primeras escuelas públicas de niños fue obra del Presidente Don Cirilio Antonio Rivarola. Por un Decreto del 7 de marzo de 1870 ordenaba la los jefes políticos del país la creación de escuelas en los departamentos y villas de la República. El referido decreto también ordenaba que se destinaran las casas de propiedad fiscal para el efecto.8

La obra de Báez es una ineludible fuente de consulta que aporta de manera sistemática informaciones, sobre los decretos y formas de organización que tuvo la Instrucción Pública del Paraguay; posterior a la contienda bélica de 1864 a 1870. En la obra de referencia, Báez describe la influencia que tuvo la Escuela Normal para la renovación y fundamento más sólido del sistema y la práctica de la Educación con posteriores a 1900.

4. El Paraguay Constitucional 1870 - 1920, publicada en año 1921. La contribución cronológica de Luis Freire Estévez9 en su obra El Paraguay Constitucional: 1870 - 1920,10 es valiosa por las informaciones que aporta en cuanto al contexto político. Su primera edición fue publicada en la Argentina, si bien su contenido se ocupa más bien del acontecer político de la época, en su crónica de los períodos constitucionales desde 1902 menciona en manera breve la instrucción pública. La obra publicada bajo la dirección de Freire Estéves y Juan C. González Peña tiene un valor documental de gran relevancia.

5. Paraguay Its Cultural Herintage, Social Conditions and Educational Problems. Año 1931. Disertación doctoral de Arthur Elewood Elliot.11 Con el apoyo de la Fundación Rockefeller, de la United Christan Missionary Society y el Gobierno de los Estados Unidos, siendo profesor del Colegio Internacional el Sr. Elliott realiza un pormenorizado estudio de la realidad cultural, social y educativa del Paraguay. El trabajo abunda en descripciones y tablas que especifican cantidades de población y establecimientos educativos primarios y secundarios. Presta mucha atención a la formación de profesores normales. En el trabajo del Sr. Elliot es posible encontrar un pormenorizado análisis de los establecimientos educativos de carácter privado. En especial presta atención a los colegios privados confesionales y de estos, profundiza su análisis en la historia e influencia del Colegio Internacional. Elliott sos-tiene que el gran aporte de los protestantes al Paraguay fue la fundación y desarrollo del Colegio Internacional. La investigación del Sr. Elliott adolece de fuentes primarias y edifica su trabajo sobre las publicaciones a las que pudo acceder en su época.

6. Proceso y Formación de la Cultura Paraguaya por J. Natalicio González. Año 1938. La primera edición de la obra de González se publica bajo el sello de Editorial Guarania. Ha tenido cinco ediciones posteriores, siendo la última la de 1988. En la presentación de la segunda edición en el año 1948 dice: “Juan Natalicio González,..., nació en Villarrica el 8 de setiembre de 1897”.12 Escritor, poeta y político estadista. Según Raúl Amaral fue un “autodidacto”. Conocedor del dolor y de las esperanzas paraguayas.

El Proceso y formación de la Cultura Paraguaya es el primer libro sistemático sobre el tema. Consta de once capítulos el primero de los cuales realiza una Introducción al Estudio de la Cultura Paraguaya. El último capítulo enfoca de manera extensa la Instrucción pública y la vida intelectual. González pondera la labor de Domingo Martínez de Irala a favor de la alfabetización de la niñez. Esta alfabetización puede entenderse más que nada como una labor de catequización.

Atribuye a Hernandarias el gran impulso a la Instrucción Pública. Sobre el Colegio Jesuítico, González dice que “a pesar de sus grandes recursos muy poco aportó al desenvolvimiento intelectual del Paraguay”.13

 

b. Publicaciones contemporáneas

1. Historia de la Cultura Paraguaya. Por Carlos R. Centurión14. Año 1.961. La obra de Centurión, valiosa como historia y fuente para toda investigación en el campo de la cultura, abarca amplios períodos de la historia nacional. En el primero de los dos tomos, se ocupa de realizar una semblanza de la enseñanza primaria, secundaria y superior. Enfoca su atención a los aspectos que hacen a la administración de la educación en la posguerra de 1870. Cita las leyes que crearon los organismos que rigen la educación y las reglamentaciones de las escuelas primarias y normales de la Nación. Centurión aporta fechas de creación y ubicación de Colegios de primera y segunda enseñanza bajo la dirección de particulares. El segundo tomo de la obra de Centurión en uno de sus capítulos menciona el aporte de numerosas instituciones particulares de enseñanza secundaria y profesional con posterioridad al año 1900. La Historia de la Cultura Paraguaya, en las partes que interesan a la presente investigación provee un marco de referencia y consulta.

2. Apuntes de Historia Cultural del Paraguay por Efraím Cardozo.15 Año 1963. La obra de Cardozo es un clásico de la Historia Cultural del Paraguay, cuenta con seis ediciones y según Jerónimo Irala Burgos los originales de la edición mimeografiada corresponden al año 1963. Fueron escritos para los alumnos del Colegio San José y de cursos probatorios de ingreso para la Universidad Católica.

La obra está dividida en nueve unidades y veintisiete lecciones. Comienza con las raíces de la cultura paraguaya y concluye con aportes en torno a la instrucción primaria y la cultura contemporánea. Está por demás decir que la obra tiene rigor científico, es didáctica y ofrece una amplia visión de la historia cultural del Paraguay. Ofrece también una síntesis de las grandes figuras del novecientos y un listado de las instituciones privada que llegaron al Paraguay con posterioridad al 1900. La sexta edición fue publicada en 1998 por la Biblioteca de Estudios Paraguayos.

3. Breve Historia de la Cultura en el Paraguay16. Publicada en el año 1965 por Rafael Eladio Velázquez, oriundo de Asunción. Cursó estudios en la Universidad Nacional y obtuvo los títulos de Abogado y Doctor en Historia. Posteriormente realizó estudios de Historia e Instituciones del Derecho Indiano en la Universidad de Sevilla. Realizó investigaciones en el Archivo Nacional de Asunción y en el Archivo General de Indias, fue catedrático de historia, escritor y redactor per-manente de varias revistas de carácter internacional.

El mismo Velázquez reconoce a tres autores que le precedieron: Carlos R. Centurión, Justo Pastor Benítez y J. Natalicio González. Junto a los mencionados el trabajo publicado por Velázquez es de un valor histórico clarificador que radica en la sistematización de los hechos culturales. Es un valioso documento cronológico que orienta todo estudio de la cultura del Paraguay. Es un trabajo amplio y abarca de manera resumida todos los sucesos y hechos relevantes del periodo.

En lo que interesa a la presente investigación el aporte de Velázquez sirve como referencia para apuntar los sucesos a los cuales habrá que aplicar profundidad y respaldo documental del Archivo Nacional de Asunción.

4. Historia de la Educación Pública en el Paraguay: 1812 - 1932. Publicada en el año 1979 por Juan Speratti.17 Originariamente este trabajo, según la portada del material, estaba destinado a contar la historia de la escuela “España” de San Lorenzo. De un tema de interés local el trabajo pasó a ocuparse de un tema de interés nacional. El trabajo de Speratti es una visión de conjunto sobre la educación dentro del período de 1812 a 1932. Brinda interesantes informaciones, ilustraciones y documentación pertinente al tema. El trabajo es fruto del estudio de fuentes primarias, pero tiene dificultades técnicas en los asientos bibliográficos. El trabajo de Speratti concluye con apéndices sobre el Origen y Evolución Histórica de la Escuela “España” de San Lorenzo: 1869 - 1972 y la biografía de la Profesora Normal Srta. Clotilde Emilia Paredes: Obras e ideas pedagógicas.

5. Historia de la Educación Paraguaya.18 Año 1981 por Luis G. Benítez. La extensa obra de Benítez abarca la historia de la Educación Paraguaya en un período aproximado de cuatrocientos años. El autor supo realizar un trabajo sintético sin dejar de incluir los aspectos más destacados de la educación en cada periodo histórico del país. A pesar de la extensión de la obra, el periodo de la educación de la posguerra de 1870 es analizado con detenimiento y se aportan datos muy significativos y relevantes. Benítez, destaca que en este lapso “por primera vez en la historia de la educación paraguaya el Estado proveyó gratuitamente útiles escolares, sin embargo, los recursos financieros eran precarios y los maestros escasos”.19

Lo señalado anteriormente será objeto de minucioso análisis a la luz de las documentaciones obrantes. Es necesario que las fuentes sean nuevamente cotejadas para ubicar lo dicho por el Sr. Benítez en su perspectiva correcta. El análisis del periodo concluye con citas acerca de las leyes de educación, de expansión de la educación elemental y de las Instituciones privadas de enseñanza.

6. Reseña del desarrollo cultural del Paraguay. Año 1982, por Alfredo Viola. Publicada por Ediciones Comuneros. Como su prólogo indica, es un trabajo que recopila aportes de historiadores de la cultura paraguaya. Además de su labor recopiladora, el gran aporte de Alfredo Viola es sacar a la luz pública material y documentación inédita referente a la Educación en el Paraguay.

La educación en la posguerra de 1870 cobra relevancia en la obra del profesor Viola. Los documentos testimoniales de la incipiente Instrucción Pública en el Paraguay han servido como un aliciente y han despertado interés por profundizar el análisis en la presente investigación.

7. La Educación Escolar en el Paraguay: Apuntes para una Historia. Carmen Quintana de Horak.20 Es una muy buena síntesis de la historia de la educación en el Paraguay. Los aportes y descripciones sirven como un valioso material introductorio. Las entidades que respaldan esta publicación lanzaron al mercado el material como fuente de información para profesores y alumnos de formación docente y en especial, para profesores interesados en la investigación. Aporta documentos muy valiosos y a la vez reconoce las dificultades en el proceso de investigación debido a la carencia de catalogación y dispersión de los documentos.

El material abarca desde el período Colonial hasta la Reforma de 1973, realizando una proyección sobre la situación actual de la educacion paraguaya. En una breve síntesis que realiza sobre la educación en la posguerra la Sra. Horak dice “Se siguió percibiendo en el sistema educativo nacional la falta de preparación de maestros del interior de la república, la carencia de materiales didácticos y la deficiencia de la infraestructura edilicia”.21 Este material nos aportó importante información bibliográfica que consultada, se les dio un mayor análisis y aprovechamiento.

 

F.  SÍNTESIS GENERAL DEL CAPÍTULO

La bibliografía citada nos permite ver que la historia de la cul-tura ha merecido un discreto interés por parte de los historiadores. Los que se han ocupado de ella lo han realizado dentro del marco general de la historia paraguaya. Esto en cierta forma nos permite adelantar que nuestra investigación penetra en un terreno poco explorado en sus detalles. No se puede dejar de mencionar el gran aporte que nos proveen las anteriores investigaciones. Sus aportes bibliográficos han sido una permanente fuente de consulta. En algunos casos nos aportan ideas y opiniones que cotejaremos con las documentaciones existentes.

Los aportes de Atanasio Riera y su afirmación de que la migra-ción generaría avances en la educación, la sistematización de la historia de la educación de Manuel Domínguez, el realismo de Cecilio Baez al describir la educación y mencionar que la preparación de los docentes es una prioritaria tarea para el mejoramiento educativo, junto a la sistemática descripción cronológica de Freire Estévez y la minuciosa labor recopiladora del Sr. Arthur Elewood Elliot forman el marco referencial teórico sobre el cual quisiéramos edificar - profundizando el análisis - la investigación de la historia de la educación en el período de 1870 a 1920.

Los autores mencionados más arriba, nos brindan significativos datos y materiales para el análisis los trabajos de Carlos R. Centurión, Rafael E. Velásquez, Efraim Cardozo, Juan Speratti, L. G. Benítez, Alfredo Viola y Carmen H de Horak. Reconocemos y agradecemos la contribución de las anteriores publicaciones.

 

 NOTAS:

1 José López Yepes, La aventura de la Investigación Científica. Guía del investigador y del Director de investigación. Madrid: Editorial Síntesis, 1996. Pg. 37.

2 Se asume que la hipótesis de trabajo “es la que se formula, no con el fin de elaborar una teoría, sino para servir de guía en una investigación científica” . Enciclopedia Microsoft ENCARTA 99.

3 Atanasio C Riera. Primera Memoria que sobre Educación Común aparece en la nación). Asunción: Tipografía de El Paraguayo- Plaza de Armas. 1890.

4Ibid.

5Manuel Domínguez, “La historia de la enseñanza nacional” en Revista del Instituto Paraguayo. Año I, No 10: Asunción: Agosto de 1897, 217-247. El título del presente artículo se extrae de la introducción de la conferencia.

6Beatriz González de Bosio, “Manuel Domíngue” en Forjadores del Paraguay. Buenos Aires: Distribuidora Quevedo de ediciones, 2000. Pg. 218.

7 Periodista y Político nacido en Asunción en 1868. Graduado y Profesor de Geografía del Colegio Nacional de la Capital. Fundador de varios periódicos como El Progreso, La Prensa y el Nacional. Creó varias revistas y desarrolló una proficua labor de escritor. Milda Rivarola en Forjadores del Paraguay. Buenos Aires: Distribuidora Quevedo de Ediciones. 2000. Pgs. 393-396.

8Cecilio Báez “La Instrucción Pública” en Album Gráfico de la República del Paraguay. Arsenio López Decoud (Director) Buenos Aires. Talleres Gráficos de la Compañía General de Fósforos, 1911. Pgs. 274ss.

9Luis Freire Esteves, Abogado, Político, escritor y periodista. Nació en Asunción en 1886. Sus principales contribuciones son de carácter poético y se le atribuye haber iniciado en comienzos de siglo el modernismo en el Paraguay. Su mayor contribución histórica es la crónica publicada como la Historia Contemporánea del Paraguay. En ella aporta muchas de sus experiencias personales. Raul Amaral “Freire Esteves, Gomes” en Forjadores del Paraguay. Buenos Aires: Distribuidora Quevedo de Ediciones, 2000. Pgs. 262-263.

10       Luis Freire Esteves y Juan C. González Peña. Directores. El Paraguay Constitucional: 1870 - 1920. Buenos Aires: Empresa Gráfica del Paraguay - G. Peña y Cia. 1921.

11 Elliott, Artur Elwood. Paraguay lis Cultural Heritage, Social Conditions and Educational Problems. New York: Teacher College, Columbia university, 1931.

12J. Natalicio González. Proceso y Formación de la Cultura Paraguaya Torno 1. Asunción: Editorial Guarania, 1948.

13Ibid. Pg. 327.

14 Carlos R. Centurión. Historia de la Cultura Paraguaya. II Tomos. Asunción: Biblioteca Ortiz Guerrero, 1961.

15Efraím Cardozo. Apuntes de Historia Cultural del Paraguay. Asunción: Bi-blioteca de Estudios Paraguayos, 1998.

16Rafael Eladio Velázquez. Breve Historia de la Cultura en el Paraguay. Asunción, 1965.

17 Juan Speratti. Historia de la Educación Pública en el Paraguay: 1812 - 1932. San Lorenzo: Escuela técnica Salesiana, 1979.

18Luis G. Benitez. Historia de la Educación Paraguay. Asunción: Industrial Gráfica Comuneros, 1981.

19Ibid. Pg. 99.

20Carmen Quintana de Horak. La Educación Escolar en el Paraguay. Asunción: CEPAG - SUMANDO - FUNDACIÓN EN ALIANZA. 1994.

21Ib d. Pg 53.

 

 

TERCERA PARTE

CONCLUSIONES

 

Al inicio de la investigación nos planteamos tres hipótesis de trabajo. Luego de consultar numerosas fuentes y abundante bibliografía podemos afirmar que nuestras presunciones no eran tan erróneas.

En esta sección pretendemos exponer el resultado de las pesquisas realizadas.

Durante las primeras dos décadas posteriores a 1870 todo lo que ocurrió en el campo de la educación surgió de un interés político más que pedagógico. Esto lo dan a entender los decretos presidenciales que nombran preceptores y maestras, mostrando la decisión del gobierno de dotar de escuelas a los pueblos y a la capital. El decreto del 7 de marzo de 1870 expresa que la fundación de escuelas era de primera necesidad.

Las escuelas habilitadas fueron dirigidas por preceptores nom-brados para esa función en virtud de ser personas de buena voluntad y de buena reputación. No se mencionaban como requisitos atributos de carácter pedagógico.

Los presidentes de la república destacaban como un logro la fundación de escuelas. Algunos incluyeron en sus informes los progresos de matrícula escolar y realizaron una evaluación sobre la marcha de la educación.

Jueces de paz y jefes políticos eran los evaluadores del desempeño de los preceptores. Estos, al ser actores políticos, tenían criterios de igual índole. El hecho de que los jefes políticos designaban y cambiaban a los preceptores, confirma de manera más clara la primera hipótesis.

Los materiales didácticos para la enseñanza no fueron motivo de preocupación en este lapso. Aun con las protestas de los profesores, las autoridades escolares no le dieron prioridad. Se contaba con la Constitución Nacional y catecismos religiosos para la práctica de la lectura. La prioridad fue que las escuelas contaran con preceptores que pudieran dar alguna enseñanza a los concurrentes y la existencia y el funcionamiento mismo de la escuelas. La preocupación por materiales y métodos de enseñanza aparecería en años posteriores.

La existencia de escuelas en manos de particulares fue también una decisión política. Muchos de estos hogares-escuelas no admitían controles ni supervisiones pero contribuyeron a que la enseñanza alcanzara a mayor cantidad de niños y niñas.

La temprana presencia de escuelas confesionales no católicas muestra también un criterio de apertura política en cuanto a la tolerancia religiosa.

En estas dos primeras décadas la educación estuvo librada a la intuición y pericia de los preceptores; la enseñanza impartida fue empírica y comprendía escasos ramos. Las circunstancias políticas y el estado en que se encontraba el país, no habían permitido aún la capacitación de personas para el ejercicio de la enseñanza. Los ramos dictados no pasaban más allá de escribir, leer y memorizar.

Cuando afirmamos que entre 1870 y 1890 la educación se orientó más por criterios políticos que pedagógicos, estamos afirmando que el país no se encontraba aún en condiciones de pensar en el cómo y en qué enseñar.

La aplicación de métodos pedagógicos en la educación paraguaya fue iniciativa de maestros formados en el extranjero. Tempranamente se buscó y contrató profesores extranjeros para organizar el sistema educativo nacional. El primer colegio secundario del país también fue organizado por profesores extranjeros. Un claro ejemplo fue el proyecto educativo presentado por el profesor Pedro Dupuis. Su apreciación de la estructura que debía tener el programa nacional de educación fue respetada por las autoridades educativas. En el diseño presentado al Presidente Juan B. Gill, Dupuis previó lo que llamó Departamento de Instrucción Pública de la República del Paraguay. Contemplaba: 1) Un Directorio compuesto por un director nombrado por el Supremo Gobierno, y un cierto número de personas idóneas, presentadas por el Director a consideración del Ministro del Ramo. 2) Un Colegio Nacional de Estudios preparatorios para cursos superiores de letras, ciencias y artes. 3) Una Escuela Normal para la formación de profesores para las escuelas primarias del Estado. 4.) Algunos cursos accesorios a los estudios generales del Colegio Nacional y de la Escuela Normal. 5) Algunos cursos superiores en letras, ciencias y artes. En todos estos puntos vemos con cuánto acierto ya en el año 1874 el profesor Dupuis vio una estructura apropiada para el sistema educativo nacional.

Al profesor Dupuis se unieron muchos profesores extranjeros que abrieron escuelas particulares en la capital e interior del país, como también los religiosos extranjeros que fundaron escuelas en la capital.

Cuando hablamos de profesores formados en el extranjero también nos referimos a los muchos paraguayos y paraguayas que fueron y se prepararon en el extranjero. Varios directores de la Escuela Normal de Asunción fueros preparados en la Escuela Normal de Paraná. Con la llegada de estos becarios se comenzó a diseñar una estructura de capacitación docente que les daría a conocer los métodos pedagógicos de enseñanza.

La formación normalista nacional permitió la difusión y aplicación de métodos pedagógicos de enseñanza. Esto confirman los siguientes puntos:

Los últimos años de 1800 el interés de las autoridades educativas pasó de la escuela para niños y niñas, a la Escuela Normal. El mayor esfuerzo se centró en la formación normalista. La visitas y atención de las autoridades nacionales y representantes extranjeros a la escuela confirman el interés que despertaba la novel institución de formación.

La fundación de una escuela de aplicaciones junto a la Escuela Normal permitió la práctica y la observación de procedimientos pedagógicos. Este mismo sistema se desarrollaba en la Escuela Normal de Paraná y figuraba también en los planes de Pedro Dupuis.

La minuciosa documentación y publicación de cada actividad de la Escuela Normal permitió que se constituyera en una fuente de la cual los maestros en ejercicio se nutriesen de nuevas formas de enseñanza.

Las conclusiones del primer congreso pedagógico muestran la sentida necesidad de la aplicación de criterios pedagógicos en la enseñanza. El guaraní fue culpado de generar retrasos y dificultades para la enseñanza. No se reconoció que en el interior el español no era la primera lengua de la gran mayoría y se trató de alfabetizar en este idioma, que no se manejaba ni se dominaba. Esto ocasionó innumerables dificultades.

La publicación de revistas pedagógicas permitió ver que los profesores normales tuvieron una manera nueva de encarar la educación en el país. Los artículos y discursos pronunciados por graduados normales revelan una mayor habilidad y destreza en el ejercicio de la labor docente.

Las diversas reformas aplicadas a los planes de estudio son fruto de la ansiedad por desarrollar una mejor educación. Muchas de esas reformas fueron de difícil aplicabilidad, debido a la precaria estructura del país. Sin caminos y medios de comunicación que facilitaran el desplazamiento, necesariamente se generaron retrasos.

Los intentos de mudar al interior la Escuela Normal y posteriormente de crear nuevas escuelas normales en el interior, fueron un esfuerzo por capacitar a los preceptores en ejercicio para un mejor desempeño de sus labores. Se realizó pensando que la única manera de asegurar el progreso educativo era la capacitación pedagógica de los preceptores.

Las dos primeras décadas de 1900 la educación paraguaya enfatizó la capacitación del personal docente y las reformas de los planes de educación. Estos énfasis produjeron resultados recién luego de varios años de esfuerzo. Las autoridades educativas estaban concientes de que sólo con la capacitación del personal se lograría un mejoramiento en la calidad de la educación.

El análisis de la historia de la educación entre los años 1870 a 1920 nos ha permitido conocer a varios héroes anónimos del Paraguay. Haberlos descubierto, estudiar sus vidas y sus ideas despierta en nosotros gratitud y respeto, por aquellos que de manera sacrificada entregaron su capacidad y talento a favor de la educación de un pueblo en ruinas. La grandeza de estos héroes anónimos descansa en la decisión y en la actitud que tuvieron de ponerse de pie y aplicar manos a la obra con la esperanza de ver mejores días para el país.

La mayoría de los preceptores y preceptoras, inspectores escolares, visitadores y autoridades, supieron mirar el entorno social y también el porvenir. Pudieron ver que la educación sería el medio que ayudaría a generar el desarrollo y el progreso de la patria.

La necesidad de una rápida puesta en marcha de la educación fue vista tanto por los gobernantes como por los preceptores. La precariedad inicial no fue un impedimento que minó el deseo de que la educación siguiera su progreso lento pero constante.

Las adversa situación estructural de un país de posguerra nos muestra a los cientos de abnegados preceptores escolares, que si bien con limitaciones, supieronrealizar la labor de la alfabetización y educación sistemática. Estos preceptores no solo lucharon con la precariedad académica sino también con la apatía general de la población hacia la educación. La perseverancia de los maestros normales ayudaron a que paulatinamente la población comprendiera que la educación es una perentoria necesidad para superar al atraso y la pobreza.

Junto a los preceptores de campaña habrá que reconocer la gran tarea que desempeñaron los Inspectores Escolares. Estos recorrieron a lomo de caballo distancias sorprendentes dejando familias por semanas y hasta meses. Posaban de pueblo en pueblo para visitar, animar, orientar y corregir en la escuela lo que se pudiera sobre la marcha del viaje. Los informes que hoy atestiguan la labor de aquellos Inspectores Escolares son un valioso testimonio de entrega y patriotismo.

 

¿Qué lecciones sobreviven a una historia cultural tan rica?

 

1.      Los que hacen la historia de un pueblo no siempre son las grandes personalidades que ocupan puestos oficiales. Muchos desconocidos paraguayos y extranjeros fueron generadores anónimos de la historia.

2.      La adversidad y precariedad no son impedimento suficiente como para inmovilizar el progreso y el desarrollo.

3.      El valor ético y moral de los funcionarios del gobierno que se abocaron con sacrificio al cumplimiento de sus funciones, aun a costa de su propia renta personal es digno de destacar.

4.      La anarquía y turbulencia política causan mayores daños a la educación que las mismas epidemias desatadas.

5.      Salud pública y ambiente político favorable son condiciones indispensables para el normal desarrollo de la educación.

6.      Las migraciones extranjeras fueron beneficiosas no sólo para el progreso económico, sino que también la educación recibió beneficios de estos movimientos.

7.      Los testimonios documentales descubiertos en el proceso de la investigación son un valioso respaldo de nuestra historia pasada. Algunos de esos documentos incluimos en el apéndice documental por creer que una relectura de esos documentos será necesaria para una mayor comprensión de nuestro pasado.

 

 

 

BIBLIOGRAFÍA

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•        CARDOZO, Ramón I. Director. “Ley de Educación Obligatoria” en Revista de Instrucción Primaria. Nueva Era. (1921) N° 1. Pgs. 9 al 10.

•        CARDOZO, Ramón I. Director. “Plan de Estudios: Programa sintéticos para las escuelas primarias de la República” en Revista de Instrucción Primaria. Nueva Era. (1921). Pgs. 11 al 32.

•        CARDOZO, Ramón Indalecio. “Los pasos iniciales de la enseñanza en el Paraguay” en El Liberal, 18 de noviembre y 2 de diciembre de 1934.

•        CARDOZO. Ramón I. “Enseñanza de la Lectura en las Escuelas” en Revista de Instrucción Primaria. (1903) Año 1. N° 4 y 5. Asunción: Tipografía El País. Pgs. 234 al 240.

•        CHAVEZ, W Manuel. “Informe pasado a la Dirección de Escuelas por el Inspector General Señor Manuel W Chaves” en Revista Escolar. (1901) Año I. N°. 3. Pgs.. 144 al 158.

•        CHÁVEZ, Manuel W Director. La enseñanaza, (1899) Año I. N°. I.

•        DAHLQUIST, Juan R.. “Don Abel G. Delgado”. En Revista de Instrucción Primaria (1909) Año VII. N° I. Pgs. 49 al 51.

•        DALQUIST Juan R. . “Informe anual del Inspector General de educación” en Revista de Instrucción Primaria. (1908). Tomo VI. N° 6.

•        DECOUD, José Segundo “Carta el Segundo Congreso Salesiano celebrado en la ciudad de Buenos Aires”  en Revista Escolar. (1900) Año 1 N° 2. Pgs. 76 al 81.

•        GARCETE, Aniceto. Director. El Normalista. (1893) Año 1.

•        LÓPEZ, Moreira M. M. “Manuel Riquelme” en Forjadores del Paraguay.

•        PEÑA, Diaz, Elías. Inspector Escolar. "Informe General Correspondiente al año 1910". En Revista de Instrucción Primaria (1911) Tomo IX. N° 1. Pags. 43 y 44.

•        REVISTA ESCOLAR (1901) Organo del Consejo Nacional de Educación. Año 1 N° 7 - Junio 15. Director Marcos J. Jons.

•        RIERA, Atanasio. La Escuela Moderna (1889) Año 1 N° 8 Asunción:

•        RIQUELME, Manuel. “Plan de Estudios y programa sintético para las Escuelas de la República” en Revista de Instrucción Primaria (1921) Nueva Epoca. N° 1. Pgs. 11 al 13.

•        RIVEROS, Benigno. Director. Revista de Intrucción Primaria (Marzo de 1903) Año I N°. 1.

•        ROSSIG, Eduardo “Froebel y los Jardines de Infantes” en Revista Escolar. (1900) Año 1. N° 2 Pgs. 82 al 88.

•        SPERATTI, Adela. “Memoria del año 1900” en Revista Escolar. (1901) Organo del Consejo Nacinal de Educación. Año I. N°. 7. Pgs. 397 al 404.

•        SPERATTI, Adela. “Memoria de la Escuela Normal de Maestros” en Revista Escolar (1901) N° 7 Pgs. 398 y 399.

•        TAVAROZZI, Jovina. “Conferencia sobre la enseñanza de la Historia” en Valenzuela, Miguel. “Crisis Educacional” en El Normalista. (1893) Abril 15. Año I. N° 6.

•        VARANDA, Cipriano. “Medios más conducentes para hacer efectiva la enseñanza obligatoria” en Revista de Instrucción Primaria. Año 1908. Tomo VI N° 8. Pags. 500 al 505.

 

D. Periódicos de la época

•        La Regeneración.

•        La Razón.

•        El Liberal.

•        La Patria.

•        Los Principios.

 

 

E. FUENTES EN INTERNET

•        Historia de la educación y de la pedagogía. Sandra Santamaría y otros.. http::// www.monografías.com. (06/01/03)

•        Domingo Faustino Sarmiento. Maria Picconi. http// www. Monografias.com (21/08/02)

•        Evolución de la actividad educadora http//www monografías com (12/09/02)

•        Trajetória da Educacäo Católica no Brasil (1844 m 1944) http// www edunne. coro. br (21103103)

•        A Evolucao da Educacao.http// www. Escolapaulista.com.br (21/03/03)

 

 

APÉNDICE DOCUMENTAL

 

APÉNDICE N° 1

Reorganización de las Escuelas de Instrucción Primaria

“El infrascrito miembro del Gobierno Provisorio encargado del Ministerio del Interior: “Considerando que es de primera necesidad la fundación de las escuelas de primeras letras para la enseñanza y educación de los niños y cuya institución aun el Gobierno Provisorio había postergado hasta este tiempo, en vista de la suma pobreza a que han sido reducidas las familias, que hoy encontrándose ya los pueblos de la campaña en circunstancias de que las familias pueden subvenir a las primeras necesidades de sus hijos para dedicarlos a la carrera de las letras, acuerdo y

Decreto:

Art. 1°. Los jefes Políticos de cada Departamento y los Comandantes de las Villas de todo el territorio de la Republica establecerán en sus respectivos distritos, uno o más establecimientos para este objeto, dedicando para ello las dadas de propiedad pública.

Art. 2°. Cada autoridad departamental deberá establecer una escuela central en los pueblos cabezas de las Departamentos y Villas, donde deben concurrir los niños desde una distancia regular.

Art. 3°. Ordenarán, también, otros establecimientos de la misma naturaleza en cada compañía de la jurisdicción o según vieren más convenientemente para el mejor servicio, teniendo en consideraciones la extensión de los partidos y la distancia de que deben concurrir los niños.

Art. 4°. Todos los padres son obligados indistintamente a poner a sus hijos en las escuelas.

Art. 5°. La elección de las personas para Preceptores, harán los jefes Políticos de acuerdo con el vecindario, consultando su aptitud y buena conducta, que sepa leer y escribir correctamente.

Art. 6°. Los preceptores cobrarán por sus servicios a los padres, mensualmente como en los tiempos anteriores, por cada uno de sus alumnos.

Art. 7°. Por los niños huérfanos pagará el Gobierno con arreglo a los que perciben de los padres, debiendo a este fin elevar al Ministerio del Interior una lista nominal que exprese los nombres, apellidos y edad de estos, bien como de todos los demás a fin de proveerles de los libros rudimentarios y demás objetos necesarios a dicho establecimientos, con el conocimiento del número de ellos, sin omitir el nombre de la persona encargada de la enseñanza en cada uno de los dichos establecimientos.

Art. 8°. Será de la obligación de los padres cuidar que sus hijos nunca falten en las horas de escuela sin motivo ostensible y justificado, en lo que vigilarán por su parte los preceptores, dando cuenta a la autoridad respectiva de las faltas de los padres a este aspecto.

Art. 9°. Se ordena a los Preceptores como regla de conducta, el mejor tratamiento a los niños, limitando los castigos por las faltas a las penas penitenciarias.

Art. 10°. Se prohíbe, también, a los maestros, que permitan hablar en las escuelas el idioma guaraní sino únicamente el español.

Art. 11°. Dichos maestros cuidarán que los niños se presentan siempre aseados, teniendo las manos, la cara y todo el cuerpo limpios, acostumbrándolos a guardar moderación y honestidad en todos sus actos, sin permitirles chanzas de mano ni usar expresiones obscenas y toda clase de grosería.

Art. 12°. Serán también de la obligación de los maestros, instruirlos en los principios de la Religión, en lo que deberán a la vez esmerarse, por manera que estén corrientes de ello.

Art. 13°. Son responsables los preceptores de todo abuso y falta de sus deberes en orden a la enseñanza y educación de los niños.

Art. 14 °. Los jefes Políticos a quienes se encargan estos establecimientos de educación primaria, son responsables, a la vez, por lo que les conciernen, no debiendo omitir ningún medio que pueda contribuir al adelanto de los niños.

Art. 15°. Son obligados los citados Jefes Políticos a visitar mensualmente las escuelas de sus Departamentos para ver el estado, saber las necesidades que tengan y el comportamiento de los preceptores.

Art. 16°. A más de las visitas mensuales harán otra cada tres meses para recibir exámenes de los niños en la lectura, contabilidad, escritura y doctrina cristiana, recogiendo las planas, las cuales remitirán al Ministerio a que pertenece, con el parte informativo del estado de dichas escuelas, haciendo las observaciones que crean conducentes al mejor servicio sin omitir las faltas que hubiesen notado en los maestros en el desempeño del servicio en este ramo.

Art. 17°. Publíquese, haciéndose su circulación por las postas y elevándose el original al Superior Gobierno.

Dado en el partido de Barrero Grande a los siete días de marzo de 1870.

Fdo. Cirilo Antonio Rivarola.

Fdo. José Rosario Miranda. Secretario en Comisión.

Registro Oficial (1872)

 

 

APÉNDICE N° 2

Estado demostrativo del número de niños de ambos sexos de cada distrito de la Capital y partido de Campaña, según las listas presentadas a este Ministerio por los jueces de Paz respectivos en cumplimiento de la circular del 10 de noviembre de 1871. Los oficios de remisión dan detalles acerca de los preceptores, casas de enseñanza y otras necesidades que requiere el estado de los niños para la instrucción.

 

 

 

 

 

 

APÉNDICE N° 3

Acta de Instalación del Consejo de Instrucción Pública Asunción Mayo 2 de 1872.

Reunidos los miembros que conforman el consejo de Instrucción Pública nombrados por decreto superior del 23 de abril del corriente año en el Salón del Superior Tribunal de Justicia, quedó definitivamente constituido con el nombramiento de Presidente recaído en la persona del Dr. D. Facundo Machain y de Secretario en la de D. Ramón Bell, siendo este nombrado de afuera del seno del Consejo con el sueldo mensual de sesenta pesos fuertes, debiendo darse aviso al gobierno del primer nombramiento y someter el reglamento a su aprobación.

Procediéndose enseguida al nombramiento de la Comisión que debe presentar un proyecto de reglamento en donde se determinen las atribuciones del consejo, como lo dispone el articulo 2° del decreto precitado, recayendo en los señores Machain y Decoud.-Acto continuo se fijaron los días martes, jueves y sábado para las reuniones del Consejo debiendo estas tener lugar a las siete de la noche, con lo que se dio por terminada la sesión

Facundo Machain.

Jose S. Decoud.

Jaime Sosa.

José C. Mano

Fuente: A.N.A. Ministerio de Justicia C. e l. Publica (1872) Volumen I. Hoja 122.

 

 

APÉNDICE N° 4

REGLAMENTO DEL CONSEJO DE INSTRUCCIÓN PÚBLICA

Art. 1°. El Consejo de Instrucción Pública, creado por Decreto del Gobierno, fecha 23 de Abril de 1872, tiene por objeto mejorar, uniformar y dirigir la enseñanza primaria y secundaria en toda la Republica; ejercer una inspección generad sobre las escuelas públicas y establecimientos de educación y promover el desarrollo intelectual del pueblo presentando a la consideración del Gobierno las medidas y reformas que sean mas adaptables a las circunstancias del país y conducentes al fomento de tan importante ramo.

Art. 2°. Por el decreto de su creación, el Consejo de compondrá de cuatro miembros. El Ministro de Instrucción Pública será el Presidente nato del Consejo y en ausencia de este, el Consejo designará de su seno el que presida sus sesiones semestralmente pudiendo ser reelecto indefinidamente.

El secretario será nombrado por el Consejo y fuera de este; y su cese queda á disposición del mismo debiendo gozar un sueldo que designará el Congreso Nacional.

DE SUS ATRIBUCIONES Y DEBERES

Art. 3°. Las atribuciones y deberes del Consejo son:

1°. Adoptar un sistema uniforme de enseñanza en todas las escuelas públicas; y señalar los métodos, libros y autores que hayan de seguirse en ellos.

2°. Dictar los reglamentos que estime conveniente para el Gobierno y disciplina de las mismas con aprobación del Ministro del ramo.

3°. Nombrar, suspender, remover y destituir los preceptores y maestros, y expedir los títulos o diplomas para que puedan ejercer su cargo, en donde se acredite su suficiencia e idoneidad, previo examen ante el Consejo.

4°. Visitar é inspeccionar las escuelas públicas y conocer exclusivamente de las faltas en el desempeño de sus funciones.

5°. Proponer al Gobierno el establecimiento de nuevas escuelas de uno y otro sexo en la Capital y pueblos de la campaña en que juzgue mas necesario el planteamiento de un Colegio Nacional de enseñanza secundaria y científica y determinado su organización general, y demás requisitos para la instrucción de sus alumnos.

6°. Inspeccionar el orden económico de los citados establecimientos y corregir sus abusos.

7°. Inspeccionar los establecimientos privados de educación que se establecieren y estén en ejercicio, con el único fin de prohibir se enseñe en ellos nada contrario a la moral ó á los principios constitucionales de la República.

8°. Presentar con la brevedad posible un proyecto de ley orgánica de Instrucción Pública al Gobierno, en donde se determine prolijamente las materias que deberán comprender, y reglamentos que determinará la organización de los establecimientos de educación.

9°. Nombrar de su seno un superintendente y visitador de los establecimientos de educación pública, cuyos deberes y facultades serán regulados por el Consejo y cuyo sueldo deberá designarse por el mismo.

10°. Velar estrictamente por el cumplimiento de los reglamento vigentes y de las disposiciones que dicten en ejercicio de sus atribuciones.

11°. Pasar al Gobierno trimestralmente un informe del estado de las Escuelas, indicando las reformas y medidas que deban adoptarse,

12°. Pasar al mismo el presupuesto general de gastos de la instrucción pública anualmente.

13°. Fomentar el establecimiento del Bibliotecas Populares, museos é institutos científicos en la República, de acuerdo con el Gobierno.

DISPOSICIONES GENERALES

Art. 4°. EL Consejo servirá de cuerpo consultorio en todos los casos en que el Ministro del ramo juzgue conveniente pedir informes o explicaciones siempre que esto se relacionen con el objeto de su cometido.

Art. 5°. Los fondos destinados á la instrucción pública solo podrán invertirse con su anuencia.

Art. 6°. Las sesiones del Consejo tendrán lugar ordinariamente tres veces por semana en la sala de la Biblioteca Pública, y los gastos de su instalación serán de cuenta del Estado.

 

Asunción, Mayo 26 de 1872.

Facundo Machain

José Segundo Decoud

José C. Mano.

Jaime Sosa

Departamento de Instrucción Pública.

Asunción, junio 6 de 1872

Apruébase el presente Reglamento del Consejo de instrucción Pública;

á sus efectos, comuníquese y publíquese.

Jovellanos

C. Lozaga.

 

A. N. A. Ministerio de Justicia Culto e I. Pública (1872) Vol 1. Pag. 153 y ss.

 

 

 

APÉNDICE N° 5

Carta Dirigida al Excelentísimo Señor Presidente de la República del Paraguay. Señor Don Juan B. Gil (sic)

Por Pedro Dupuis

(Enviada por Pedro Dupuis, Buenos Aires el 7 de noviembre de 1874)

A.N.A Ministerio de Justicia Culto e Instrucción Pública Vol. II Foja 57 al

Exmo Señor.

Si el estadista hecha la vista sobre los varios Estados que hoy ocupa el globo de la tierra; si el filosofo abarca con el pensamiento los múltiples fases de los pueblos antiguos y modernos es el desarrollo de su adelantos y sus riquezas, en el desenvolvimiento de sus grandezas y de sus opulencias, ambos notaran desde luego, que hay para la humanidad entera unas leyes primordiales que presiden al progreso de las razas humanas en sus manifestaciones intelectuales y morales, es sus usos y costumbres sociales y políticas.

Todas las partes de la tierra no son dotadas igualmente de sus bienes que sirven para la felicidad del hombre, los uno carecen de los dones que sobran a los otros; los elementos naturales no son distribuidos con igual repartición en la superficie del globo nuestro; la Naturaleza tiene sus regiones favorecidas y sus comarcas privilegiadas.

Con una mano potente, Ella siembra sus dones allá y los niega acá, los arroja con profusión allí y los escasea con parcimonia aquí.

Mientras inunda con sus aguas torrentosas los valles dilatados de sus llanos, Ella niega las lluvias benéficas de sus nubes á los áridos desiertos arenosos de sus estepas. Pero en cambio de ese trastorno aparente del mundo físico, Ella hizo brotar de su seno la inteligencia humana, verdadera soberana de la tierra, que supo sujetar las leyes físicas y hacerlas servir a su grandeza y a su bienestar; que con una mano poderosa encerró en sus redes los rayos del cielo para llevar su pensamiento hasta las regiones desconocidas del mundo; y que abriéndose paso, por medio de las entrañas de las montañas junto los triares y forzó las nubes a fertilizar con sus rocíos, los arenales abrazados de sus desiertos.

La inteligencia humana suple con su poder a los dones que le negó la Naturaleza. Ella es inagotable fuente de riquezas de todas las naciones, tanto de los antiguas como de las modernas.

En todos los tiempos de la humanidad, Ella fue barómetro que señala los grados de civilización, de poder y de opulencia a que llegaron los pueblos más remotos como los más modernos.

En todos los tiempos de la humanidad, Ella fue el barómetro que señaló los grados de civilización de poder y de opulencia a que llegaron los pueblos mas remotos como los más modernos.

Su cultura y su desarrollo siempre llamaron con merecida preferencia los desvelos asiduos de los verdaderos hombres de Estado, de los encargados de dirigir los destinos de los pueblos en la senda de su gloria nacional y de sus dicha doméstica.

 

Exmo. Señor,

El honroso y elevado puesto a que el voto libre y unánime de sus conciudadanos os ha llamado a desempeñar, sería un motivo suficiente, sino fuera ya un deseo vehemente en U.E. de cicatrizar las llagas de su Patria con el bálsamo benéfico de la enseñanza con la cultura pacífica de las letras y de las ciencias.

Conociendo, poco más o menos es estado de cultura intelectual en que hubo de quedarse el Paraguay, después de una guerra tan larga y tan tremenda, me permitirá U.E. que le presente un plan general de Estudios que a mi juicio sería de una utilidad  indiscutible, satisfaciendo, por ahora, las aspiraciones de la juventud paraguaya, y dejando siempre una puerta abierta para todas las mejoras venideras que el tiempo y las necesidades especiales del Paraguay podrían introducir.

En este concepto y para armonizar una organización completa de enseñanza general me permito presentar a la aprobación de U. E. El plan general siguiente de Estudios:

El Departamento de Instrucción pública en la República del Paraguay se compone:

1.      De un Directorio compuesto de un director, nombrado directamente por el Supremo Gobierno, y de un cierto número de personas idóneas, presentadas por el Director a la aceptación del Ministro del Ramo.

2.      De un Colegio Nacional de Estudios preparatorios para cursos superiores de letras, ciencias y artes.

3.      De una Escuela Normal de profesores para las escuelas primarias del Estado.

4.      De algunos cursos accesorios a los estudios generales del Colegio Nacional y de la Escuela Normal.

5.      De algunos cursos superiores en letras, ciencias y artes.

 

Directorio:

1.      El Directorio tiene la dirección superior del Colegio Nacional y de la Escuela Normal.

2.      Las escuelas del Estado de ambos sexos, están bajo la jurisdicción del Directorio quien examina y propone al Ministro del Ramo, las personas idóneas de ambos sexos, que se consideran con aptitudes suficientes para hacer un curso o regentear una escuela.

3.      El nombra los Inspectores de colegios y de escuelas, cuando el delante de la enseñanza pública y los recursos de la República lo permita.

4.      El propone la apertura de cursos especiales en letras, ciencias y artes, cuando su oportunidad se hace sentir.

Nota: Cuando los cursos superiores de que se habla en el capítulo anterior, estén organizadas, el Directorio podría recabar del Supremo Gobierno, su transformación de Directorio, en un cuerpo enseñante que se titulará Universidad del Paraguay.

5.      El nombra las comisiones para los exámenes generales y públicos.

6.      El otorga los certificados de estudios y los diplomas a los postulantes.

7.      El da su parecer sobre los libros y los útiles que han de servir a la enseñanza.

8.      El propone al Supremo Gobierno las obras más adecuadas a la enseñanza general y especial.

9.      Para dar a la enseñanza una base sólida y homogénea, El establecer a un sistema general de Institución pública que radicándose en su mismo seno, ir ramificándose en las escuelas del Estado, por todos los ámbitos de la República.

 

Colegio Nacional

1.      En la ciudad de la Asunción del Paraguay habrá un Colegio Nacional de Estudios preparatorios para cursos superiores de letras, de ciencias y de artes.

2.      Los estudios preparatorios se dividirán en tres años escolares.

3.      Para ingresar en el Colegio Nacional será preciso tener, lo menos doce años cumplidos, y saber leer, escribir y las cuatro primeras reglas de la aritmética.

4.      Cada año habrá un examen general y público para los jóvenes que quisieran entrar en el Colegio Nacional.

5.      Las notas y las piezas testimoniales del examen de un alumno quedan anexas al Departamento del Directorio ó de la Universidad.

6.      Al fin de cada año escolar, habrá un examen general y público que conste por notas de los trabajos de los alumnos.

7.      Un alumno de primer año no podrá seguir los cursos de segundo año, si él no ha adquirido los conocimientos suficientes para pasar el segundo año de estudios.

8.      Un alumno de segundo no podrá seguir los cursos de tercer año si él no tiene los conocimientos suficientes para entrar en tercer año de estudios.

9.      Al fin del último año de estudios preparatorios y después de un examen general y público el Directorio ó la universidad del Paraguay otorgara a los alumnos salientes un certificado que les servirá de documento sea para seguir los cursos superiores, sea para la fe de sus conocimientos.

 

Primer año de Estudios

En el primer año de estudios en el Colegio Nacional se enseñaran las materias siguientes.

1° Gramática Española:

Oración sus partes - sustantivos - adjetivos - pronombres - verbos - emisión del pensamiento - reglas gramaticales - ortografía - aplicación práctica de las reglas gramaticales - dictados.

2° Geografía.

Principios generales de geografía física - la tierra - sus continentes y sus mares - división física de los continentes y de los mares - posiciones relativas de los continentes y de los mares - grandes cursos de agua - como se forman los ríos - del declive de los continentes - lo que forman los contornos irregulares de los continentes, 1o que forma la irregularidad de la superficie terrestres - montañas y valles - razas humanas y su repartición en el globo - naciones - sus nombres y sus posiciones relativas sobre la tierra.

3° Historia:

Principios generales de historia antigua- principales naciones conocimiento del mundo antiguo - naciones egipciana, siriáca, judaica y asiriaca - vista general sobre los principales acontecimientos de aquellas naciones.

4° Aritmética.

Formación de números enteros y decimales, sumar, restar, multiplicar y partición de números enteros y decimales - fracciones ó quebrados ordinarios y decimales - sumar restar, multiplicar y partición de quebrados ordinarios y decimales - sistema métrico de pesas y medidas - reglas llamadas de tres de enteros y de descuento.

5° Geometría.

Principios elementales de geometría - líneas rectas y sus medidas - ángulos trazados por reglas - medida de ángulos rectilíneos - superficie limitada por rectas triangulares, cuadriláteros, polígonos - líneas paralelas - ángulos formados por paralelos - medida de un cuadrilátero, de un triangulo y de un polígono - hipotenusa - aplicaciones diversas de la recta.

 

Segundo año de Estudios

1° Gramática española.

Reglas generales de gramática- sintaxis - preposiciones - emisión del pensamiento y sus reglas en el discurso - narraciones - estilo epistolar.

2° Geografía.

Principios generales de geografía antigua y moderna, Asia, África, Europa, América y Australia - sus divisiones físicas - distribución de las razas humanas sobre el globo - distribución de los animales y de las plantas - geografía política - formación de las naciones - geografía comercial - productos naturales y productos artificiales - comercio.

3° Historia Antigua.

Grecia. Sus orígenes, su formación, sus guerras, sus constituciones, su elevación, sus disensiones, su decadencia.

Roma, su origen - época de sus reyes -caída de sus reyes - república, cónsules y dictadores - guerras exteriores e intestinas - glorias y reveses - conquistas - organización política social.

4° Aritmética.

Potencias - raíces cuadradas - raíces cúbicas - proporcionales - reglas de tres compuesta, de sociedad, de obligación - progresiones aritméticas y geométricas logaritmos.

5° Algebra.

Formación de monomios y de polinomios, sumar, restar , multiplicar y partición de monomios de polinomios - quebrados algebraicos - sumar, restar multiplicar y dividir los quebrados algebraicos - ecuaciones de primer grado á una incógnita - formulas algebraicas á la solución de problemas.

6° Geometría.

Líneas curvas - circunferencia - circulo polígono inscritos y circunscritos á una circunferencia - medida de la circunferencia medida del circulo - problemas sobre la geometría rectilínea - aplicación de las recetas y de las curvas á las artes - formación de un ángulo diedro y poliedro - paralelípido - cubo - prisma - pirámide - cilindro - cono y esfera - superficie de los volúmenes -medida de la superficie de los volúmenes.

 

Tercer año de Estudios

1 ° Gramática española.

Sintaxis - narraciones - composiciones - estilo epistolar - estilo descriptivo - principios generales de filosofía.

2° Geografía.

Elementos de cosmografía - trazado de mapas - geografía descriptiva de Europa y de América - productos naturales de ambos mundos - productos artificiales - sus centros de producción en ambos mundos - geografía comercial - riquezas - industrias

3° Historia.

Caída de la república romana - imperio Romano - principales emperadores - invasiones de los pueblos asiáticos y europeos en el imperio romano - división del imperio - caída del imperio de occidente - edad media - cruzadas - invasión de los Arabes y de los Turcos - caída del imperio de Oriente - renacimiento - descubrimiento de América.

4° Algebra.

Ecuaciones de primer grado a dos y mas incógnita - potencias - ecuaciones de segundo grado - resolución de problemas de 1° y de 2° grado - proporciones - progresiones - logaritmos - uso de las tablas logarítmicas.

5° Geometría.

Sólidos - medida de los sólidos - sus superficies - sus volúmenes - peso especifico de algunos sólidos - trigonometría.

6° Agrimensura.

Levantado de plano - medida de los terrenos - aplicación de la trigonometría al levantado de planos - aplicación de la trigonometría á la medida de los terrenos - principios de triangulaciones catastrales.

7° Principios elementales de física y de química.

8° Principios elementales de mecánica.

9° Principios elementales de historia natural.

Cursos accesorios á los tres años de Estudios en el Colegio Nacional

 

1° Idiomas antiguos.

Latín

Griego

2° Idiomas modernos.

Ingles

Francés

 

3° Artes.    

Dibujo lineal y lovis de planos.

Dibujo lineal de adornos.

Dibujo lineal de máquinas.

 

4° Oficios. 

Teneduría de libros.

Cambios y operaciones de banco

 

Nota.Estando vigentes los cursos accesorios, la Universidad del Paraguay otorgara á los solicitantes, después de un examen general y público, los diplomas de Bachiller en Letras y de Bachiller en ciencias.

Esos diplomas servirán para entrar en los cursos superiores de Derecho de Medicina y de Ciencias especiales.

 

Escuela Normal de Profesores

Tan luego como la oportunidad y los recursos del Estado lo permiten, se establecerá, en la Asunción del Paraguay, una Escuela Normal de profesores primarios, bajo la jurisdicción del Directorio de la Universidad.

En esta Escuela se recibirán, después en un examen general y público los jóvenes y las aptitudes sean idóneas para el profesorado.

El número de alumnos profesores será fijará, cada año, por el Ministro de Instrucción pública.

Es preciso tener por lo menos, quince años cumplidos para entrar en la Escuela Normal de Profesores.

Los cursos duraran dos años escolares. El programa de los estudios será arreglado por el Directo ó por la Universidad.

Cada años habrá un examen general y público.

Después del examen general del segundo año los alumnos profesores recibirán un diploma de capacidad para enseñar.

 

Estos diplomas serán de dos clases:

1.      Diploma primario de capacidad.

2.      Diploma superior de capacidad.

 

Al fin del primer año de estudios, los que por su edad, ó por otros motivos mayores, no pudieran permanecer mas tiempo en la Escuela Normal, podrán concurrir al examen general para recibir el Diploma primario de capacidad.

Igualmente, las personas de ambos sexos y de cualquier edad, podrán presentarse á los

exámenes generales y públicos para conseguir los diplomas primarios y superiores.

 

Cursos Superiores

Los cursos superiores en letras, ciencias y artes que se abrirán, cuando la oportunidad y los recursos del Estado lo permitieran serán los siguientes.

1. Derecho.

2. Física y Química.

3. Minerologia.

4. Botánica y Zoología.

5. Medicina.

6. Mecánica aplicada.

7. Agricultura y Selvicultura (sic).

 

Exilio. Señor,

El plan general de Estudios que tengo el honor de someter al elevado juicio de V. E.

Me parece satisfacer, por ahora, las aspiraciones de la juventud paraguaya.

El tiene la ventaja de recibir todas las mejoras, todos los adelantos de las letras, de las ciencias y de las artes que el tiempo, la experiencia (muestra soberana en todo) y los recursos de la nación permitan.

En el programa de Estudios generales he omitido la enseñanza religiosa, no por olvido sino por razones superiores que voy á exponer á V. E.

Si se considera filosóficamente á la Creación terrestre, se nota, desde luego que todo lo que sirce al desarrollo de las facultades intelectuales, morales y físicas de los seres viene á servir para ellos una enseñanza.

Hay escuelas para los perros del Zar, hay para los perros encargados de vigilar los rebaños, las fincas; hay para aquellos de Terranova y del Monte San Bernardo.

Hay escuelas para los caballos de batalla para los del circa.

Hay escuelas para muchos otros animales.

Para el hombre hay escuelas físicas de gimnasio, de natación y de esgrima; hay escuelas físico intelectuales de artes y de opicios; hay escuelas de letras y de ciencias; hay escuelas de filosofía, de dogma y de teología.

Todas esas escuelas han de encerrarse en sus especialidades reciprocas si quieren conseguir los perfeccionamientos que son de sus atribuciones, si quieren caminar en la senda recta del progreso; si no quieren extraviarse, tomando otros rumbos que cada caía los han de apartar del fin apetecido de sus deseos.

Sabe perfectamente V. E. Que hay en el mundo dos escuelas que llevan es si mismas, la insigne propiedad de apasionar extremadamente á los pueblos de la tierra, y de dividirlos hondamente.

Esas dos escuelas son la teología y la política.

Basta nombrar esas dos escuelas para que al momento asaltan á la mente horrorizada, las carnicerías mas estupendas, los degüellos mas horrorosos, las barbaridades más cruentas.

Guerras sangrientas y sin fin; crímenes sin nombre, destrucciones de pueblos enteros; naciones y razas desaparecidas: tal es el cuadro lúgubre que esas dos escuelas legaron á la humanidad doliente.

Los niños han de ir en la escuelas para desarrollar su inteligencia naciente, y no para discutir las formas de gobierno, han de ir para aplicar sus dotes naturales en el cultivo de las letras y de las artes y no para transformarlas en discusiones ociosas de sistemas vacíos de politicones.

 

Los jóvenes han de ir en los colegios para asentar sus facultades intelectuales y morales sobre las bases sólidas y eternas de la ciencia, y no para dogmatizar sobre las ideas abstractas de la metafísica escolástica.

La juventud ha de ir en los liceos para instruirse, para querer a su Patria, amar á sus semejantes, ser útil a la humanidad y á si misma.

Por eso, la instrucción en consideración me permitirá V E: ofrecerle las expresiones mas elevadas de su

Todo adicto Servidor

P. D. S. M.

Pedro Dupuis

Buenos Aires el 7 de noviembre de 1874.

 

 

A.N.A Ministerio de Justicia Culto e Instrucción Pública Vol. 11 Foja 57 y siguientes.

 

 

 

APÉNDICE N° 6

CARTA DEL PROFESOR José Alvarez Soler dirigida al Sr. Ministro de Justicia Culto e Instrucción Pública.

 

Asunción, 7 de abril de 1876

Señor Ministro.

La Escuela Pública de la Villa de San Pedro confiada a mi cargo. Por Decreto del Superior Gobierno de 28 de Diciembre de 1874, carece desde su instalación de los elementos y útiles necesarios e indispensables a la enseñanza.

En varias notas y en diversas ocasiones me he dirigido a este Ministerio y a la H. Corporación Municipal de aquella villa, en exigencia de aquellas necesidades, pero nunca mis gestiones obtuvieron resultado favorable, por cuanto que, ni aun mis notas, merecieron los honores de ser contestadas.

Alentado hoy, Señor Ministro, por la benévola acogida que por N. se me ha dispuesto, vuelvo nuevamente á insistir en mi ya anteriormente abandonada empresa con la esperanza de que por esta vez no sean desconocidas.

Los Alumnos de aquella Escuela carecen de texto aparentes para la lectura, pues el único en que pueden hacer sus ensayos consiste en la Constitución del país, lo que a fuerza de repetición han conseguido aprender de memoria, siéndoles, por lo tanto ineficaz la lectura que hoy de élla hacen, lo que además, si bien los instruye en los derechos y deberes como ciudadanos les incumbe, los priva de sanos consejos y lecciones de moral propias y necesarias á corazones, impresionables, aun no formados, que pudieran trazarles la senda del bien.

Como texto de gramática solo existen una docena de volúmenes de Hervan y Lumoz el que, a mi juicio, no lleva debidamente las exigencias, por ser sumamente conciso y compendiado, cuando en este país por la fatal costumbre de no cultivar más que el guaraní se necesita un texto lo más largo posible.

Me permito indicar, con este motivo, la Gramática de la Academia de la lengua.

De Aritmética solo se cuenta con algunas lecciones de numeraciones y de las operaciones fundamentales manuscritas por el Preceptor en sus ratos de ocio y de descanso.

Es también de suma necesidad una pizarra grande en la que los alumnos puedan practicar y oír las explicaciones del profesor.

Solo hay en abundancia textos de Doctrina cristiana del P. Astete, es decir, lo menos esencial á mi ver, porque siendo aquella una Escuela oficial, un Gobierno que ni aun costea el culto y en un país en que existe libertad de ellos, no debe imponer a la juventud ninguna religión, correspondiendo a los padres de Familia y a los ministros de las diversas sectas religiosas esa parte de la educación.

Carece así mismo de muestras y de papel rayado para la Escritura.

No queriendo molestar por más tiempo la atención del Señor Ministro y hecha ya una ligera relación de las necesidades de aquella Escuela, solo me resta saludarlo atentamente y con la consideración debida.

José Alvarez Soler.

Preceptor

Fuente: A.N.A Ministerio de Justicia Culto e I. Pública. (1876). Tomo III Pg. 39.

 

 

APÉNDICE N° 7

Ley que regula las atribuciones de la Comisión del Colegio Nacional

Agosto de 1877

El Senado y Cámara, etc., etc.

Ley:

Atribuciones de que debe estar investida la comisión nombrada para el planteamiento y sostén del Colegio Nacional.

Art. 1 ° Percibir de la Aduana el adicional de 4 por ciento señalado por la ley de 4 de enero de 1877, para la creación, sostenimiento y conservación del Colegio Nacional, administrando esta renta independientemente de toda injerencia extraña, con sujeción á la presente ley.

Art. 2° Formar con aprobación del P.E. el reglamento interno del colegio.

Art. 3° Proponer al gobierno los candidatos para director y profesores del colegio; así como pedir su remoción por mal desempeño de sus funciones ú otros motivos que á su juicio exijan su separación.

Art. 4° Presentar oportunamente al P.E. un plan de estudios que quiera adoptar para la enseñanza en el colegio.

Art. 5° Nombrar y remover por sí sola á todos los empleados subalternos de profesores abajo.

Art. 6° Formar el presupuesto de gastos del establecimiento y sus necesidades y fijar los sueldos ó emolumentos de los que sirvan en cualquier cargo ó empleo, previa aprobación del P.E.

Art. 7° Adoptar los textos de enseñanza para el colegio, oída que sea la opinión del Director y profesor respectivos.

Art. 8° Comunicar á las autoridades correspondientes, en caso de vacancia de alguna de las becas, á fin de que se proceda al envío de un nuevo alumno.

Art. 9° Fijar la pensión que deben pagar los alumnos semi-interno o interno que no gocen de beca.

Art. 10° Invertir la cantidad necesaria en la refacción del edificio destinado al Colegio

Nacional, en la compra de todo el mobiliario necesario para su fundación, en los libros que han sido adoptados como textos y demás necesario para principiar las tareas escolares.

Art. 11° Tener la superintendencia en la Dirección del Colegio Nacional, y fiscalizar los actos del director, profesores y demás empleados del establecimiento.

Art. 12° Presidir los exámenes del colegio e intervenir en la distribución de premios. Art. 13° Contratar previa licitación, si fuese posible, y pagar de los fondos del colegio la provisión de víveres, ropas, útiles de enseñanza, muebles, enseres, y en una palabra, de todo lo que ocurriese en lo formal y material del establecimiento, así como pagar todos los sueldos de los empleados.

Art. 14° Establecer en el Colegio Nacional los laboratorios y gabinetes de ciencias que fuesen necesarios; así como establecer y fomentar en el mismo una biblioteca, no pudiendo invertir en esos fondos mas del 10 por ciento para esos objetos.

Art. 15° Consultar con el Gobierno todas las dudas y dificultades que se ofrezcan en el ejercicio de su misión.

Art. 16° Administrar exclusivamente los fondos destinados al sostenimiento del Colegio Nacional, sin que el P. E. ni ninguna otra autoridad ó empleo pueda, bajo ningún pretexto o causa, echar mano ó exigir entrega de ellos.

Art. 17 Rendir cuenta detallada de la percepción é inversión de los fondos al señor ministro de Instrucción Pública para su debida aprobación cada tres meses, á saber: el 31 de Marzo, el 30 de junio, el 30 de Septiembre y el 31 de Diciembres, publicándose además en la prensa.

Art. 18 Practicar todas aquellas medidas que crea buenas para la misma organización interna de la comisión, para la mutua fiscalización y mayor garantía en el mensaje de los fondos del colegio.

Art. 19 Pasar un informe ó memoria detallada de los trabajos de la comisión y del estado del colegio al fin de cada año.

Art. 20° Comuníquese al P. E.

Dado en la sala de sesiones del Congreso Legislativo, á los 27 días del mes de Agosto de 1877.

JOSÉ FALCON                               JOSÉ DEL R. MIRANDA

Presidente del Senado               Presidente de la C. de DI).

Pascual Gomez                             Climaco Valdovinos

Secretario                                       Secretario.

 

Fuente: Registro Oficial de la República del Paraguay (1876-78) Tomo 3.

 

 

 

APÉNDICE N° 8

REGLAMENTO GENERAL PARA LAS ESCUELAS PÚBLICAS

Asunción, 23 de Diciembre de 1881.

No estando aun dictadas las leyes orgánicas y reglamentarias de la instrucción Primaria y siendo necesario entre tanto regularizar la marcha de los establecimientos en que se dispensa dicha enseñanza, el Poder Ejecutivo en virtud de lo dispuesto

en el art. N° 9 del Decreto gubernativo del 17 de Noviembre último, ha acordado y decreta el siguiente Reglamento General para las escuelas públicas.

Enseñanza, admisión de alumnos y deberes de los maestros:

 

Art. N° 1: La Instrucción Primaria y Pública constará de tres grados.

Las materias que constituyen la enseñanza primaria son las siguientes:

1 ° Grado: Lectura, escritura, aritmética, gramática, dictado, geografía, historia nacional, doctrina cristiana, moral y urbanidad e instrucción cívica.

2° Grado: Las mismas asignaturas del primer grado y además composición escrita, higiene, nociones de cosmografía y agricultura.

3° Grado: Las mismas asignaturas del primero y segundo grado y además nociones de geometría, álgebra y teneduría de libros, historia antigua, sacra y del continente americano, nociones de retórica, composición en prosa.

 

En las escuelas de niñas se enseñará además nociones de economía doméstica y labores de mano de uso común.

Art. N°3: Los métodos que se emplearán en la enseñanza serán: el práctico y experimental, haciendo uso de objetos siempre que sea posible y el analítico toda enseñanza empírica que esté fundada exclusivamente en la memoria.

Art. N°4: La educación primaria puede recibirse en las escuelas públicas, en las escuelas, o en casa de los padres, tutores o encargados de los niños.

Art. No 5: Es obligatoria para niños de ambos sexos desde la edad de seis años hasta catorce para los varones y hasta doce para las mujeres.

Art. N°6: Cumpliendo el varón catorce años y la mujer doce, podrán ser retirados de la escuela con tal que prueben ante el Consejo Escolar del distrito o en su defecto ante las autoridades respectivas que saben leer y escribir correctamente, pero si no llenasen bien esta condición se les obligará a continuar en la escuela un año más.

Art. N°7: Los Consejos Escolares o en su defecto las autoridades respectivas tienen facultad para aconsejar y después amonestar a los padres, tutores o encargados de los niños que no cumplan con esta obligación de educarlos, cuando dichos niños estén va en edad para ello.

Art. N°8: La única época de admisión de alumnos será en los primeros diez días de cada periodo escolar.

Art. N° 9: El curso anual es de tres periodos a saber:

1°. Desde la apertura del nuevo año escolar que empezará el 15 de Febrero hasta el 31 de Marzo.

2°. Desde el 1° de Junio hasta el 31 de Agosto.

3°. Desde el 1° de Setiembre hasta la clausura del año escolar que tendrá lugar el 15 de diciembre.

Art. N°10: Los maestros de las escuelas públicas admitirá a todo niño, que tenga la edad exigida por este decreto, y llene las demás condiciones requeridas. En los casos de duda o dificultad en el cumplimiento de este deber concurrirán al Consejo Escolar o ante la autoridad respectiva.

Art. N° l1: Al ingresar cada niño a la escuela debe ser examinado y, según el estado de su instrucción, destinado al grado y sección que le corresponde. Si del examen resultare adelantado en alguna asignatura y atrasado en otras, pertenecerá al grado superior en aquella y al inferior en estas.

Art. N°12: Los maestros cuidarán de que los alumnos admitidos en las escuelas sean vacunados y en caso contrario darán cuenta al Consejo Escolar, quien deberá exigir el cumplimiento de este requisito.

Art. N° 13: Al retirarse un alumno de la escuela, por cambio de domicilio o cualquiera otra causa, el Preceptor le expedirá un certificado que exprese su nombre y apellido, edad, nacionalidad, número de matrícula, fecha de su admisión y retiro, ocupación de sus padres, tutores o encargados, grado de instrucción, motivo de su retiro, su residencia actual y a la que pasa, firmado por el Preceptor y visado por el Consejo Escolar. Este certificado será suficiente para poder ingresar en otra escuela de cualquier distrito.

Art.N° l4: Siempre que el número de alumnos asistentes a una escuela excediese de cincuenta, el maestro nombrará de entre los más adelantados un ayudante llenando los deberes que este le impusiese.

Art.N° 15: Los cuadernos de escritura que se presenten en los exámenes anuales, se conservarán en los archivos de la escuela, teniendo cada filana su correspondiente fecha; y en los exámenes de cada año se presentará al mismo tiempo el cuaderno del año anterior para poder comprobar los adelantos hechos en la escritura durante el año escolar, y además los cuadernos usuales de escritura, de dictado, composiciones y de poemas.

Art.N°16: Con respecto a los alumnos que hayan entrado en el curso del año, se conservarán en el archivo (con su correspondiente fecha) el primer cuaderno que haya escrito cada mes, y en la época de los exámenes anuales se presentará dicho cuaderno juntamente con el último escrito.

Art.N°17: La religión se enseñará en el local de la escuela por los párrocos y en donde no los haya, por los maestros. Los Consejos Escolares podrán reunir varias escuelas en una para recibir esta enseñanza que se dará el Sábado a los varones y Jueves a las mujeres.

Art.N°18: Además de la religión, los maestros harán con los niños lecturas morales, acompañadas de un sencillo comentario para su completa inteligencia.

Art.N°19: Los ejercicios de lectura corriente serán siempre razonados procurando que los alumnos expliquen con la mayor claridad y corrección posible lo que han leído, y en cada caso de que no puedan hacerlo, el maestro hará las explicaciones que crea conveniente para habituar a los niños a que sepan aprovechar la lectura.

Art.N°20: La enseñanza diaria durará en las escuelas seis horas. La escuela principiará a las seis de la mañana y terminará a las diez, de los meses de Febrero, Marzo, Setiembre, Octubre, Noviembre y Diciembre. Por la tarde dará principio a las tres y terminará a las cinco en los mismos meses. En los meses de Abril, Mayo, Junio, Julio y Agosto, principiará a las diez de la mañana y finalizará a las cuatro de la tarde.

Art.N°21: Al pasar de una clase a otra, habrá necesariamente evaluaciones acompañadas de canto escolar y recreo, cuya duración no excederá de diez minutos.

Art.N°22: Los preceptores, confeccionarán un horario que manifieste la distribución diaria de las materias que deben enseñar en las horas fijadas, incluyendo el tiempo que han de dedicar para revista, canto y recreo. Dicho horario deberá ser confeccionado de acuerdo con el Consejo Escolar respectivo y estará fijado en el salón de la escuela a la vista de todos.

 

Exámenes:

Art.N°23: Los exámenes anuales se efectuarán del 1° al 15 de Diciembre.

Art.N°24: El examen anual tendrá lugar ante una comisión nombrada por el Consejo Escolar del distrito respectivo, bajo la presidencia de uno de sus miembros en el día que aquel señalare. Dicho examen será público, pero ninguna de las personas que concurran a presenciarlo podrá interrogar a los examinados sino mediante invitación o permiso del presidente de la comisión examinadora y con arreglo del programa.

Art.N°25: Los alumnos de cada escuela serán examinados por secciones o grupos, con arreglo a los programas que el Preceptor deberá presentar anticipadamente a la comisión.

Art.N°26: El mérito de cada examinando en las diversas asignaturas lo expresará la comisión examinadora en la forma siguiente: El más alto grado de mérito contraído en el examen particular sobre cada asignatura, será expresado con el número cuatro. Los alumnos que tengan de tres a cuatro serán acreedores a la clasificación de distinguido; de dos a tres a la de buena; de uno a dos a la de mediano y de cero a uno, a la de malo. Los que obtuvieron cualquiera de las tres primera clasificaciones serán promovidos a otro grado o sección. Los de la última permanecerán en la sección en que están. Terminado el examen se procederá a la clasificación general de los alumnos, haciendo para cada uno de estos la suma de los números que haya merecido en todas las asignaturas; dicha suma se dividirá por el número de materias en que el alumno hubiere sido examinado, y el cociente será la expresión numérica de mérito de cada uno.

Art.N°27: Habrá dos premios en cada escuela, uno que se adjudicará al alumno que hubiere obtenido la mejor clasificación en los exámenes a juicio d la comisión examinadora, y otro al que se hubiese distinguido por su aplicación y buena conducta durante el año escolar, previo informe del maestro.

Art.No 28: El cuadro general del examen, acompañado de un informe sobre el estado de la escuela y suscrito por los miembros de la comisión examinadora, será remitido al Consejo Escolar del distrito respectivo conservándose copia de todo en el archivo de la escuela con el visto bueno de cualquier miembro del Consejo Escolar.

Art.N°29: Terminado el examen de las escuelas, los Consejos Escolares remitirán al Ministerio de Instrucción Publica un informe sobre el estado de ellas en la forma establecida en el art. 6°, inciso 10 del decreto sobre creación de escuelas. Acompañarán un ejemplar del informe de la comisión examinadora con el cuadro de exámenes de cada una de las escuelas.

Art.N°30: Además del examen anual, los habrá trimestrales en las épocas designadas en el art. 9° Estos últimos serán privados.

 

Vacaciones y asuetos.

Art.N°31: Las vacaciones de todas las escuelas durarán desde el 15 de Diciembre hasta el 15 de Febrero inclusive.

Art.N°32: Los días de asueto en todo el año, además de las fiestas cívicas y de precepto serán: Lunes y Martes de Carnaval, Jueves, Viernes y Sábado de la semana Santa. El día del patrón de la localidad.

 

Disciplina

Art.N°33: Las únicas penas que pueden aplicarse en las escuelas son:

1°. Perdida de lugar el la clase o sección.

2°. Privación del recreo.

3°. Amonestaciones privadas y públicas.

4°. Retención con recargo de tareas escolares. Esta retención no excederá de tres horas pero podrá repetirse por varios días.

5°. Separación de los demás alumnos durante las horas de clases, en el mismo local o en otro, pero siempre con recargo de trabajo bajo continua vigilancia.

6°. Suspención y expulsión de la escuela sin que esto implique privación absoluta del goce de la educación común.

Art.N°34: Cuando la aplicación de algunas de las penas indicadas del inciso 1° al 5° no produzca resultado, el maestro pondrá en conocimiento del padre o tutor la mala conducta del niño.

Art.N° 35: Si el alumno reincidiere, después de empleados todos estos medios y otros análogos, el maestro se dirigirá a los padres por escrito, solicitando el concurso eficaz de su autoridad y priviniéndoles que en caso de no enmendarse el niño en su conducta, lo pondrá en conocimiento del Consejo Escolar a los efectos de los artículos siguientes, recabando contestaciones también por escrito, para la debida constancia.

Art.N°36: La última pena que se impondrá, después de agotados todos los recursos indicados, será la expulsión de la escuela, decretada por el Consejo Escolar, a petición del maestro y previa audiencia de los padres o tutores del menor.

Art.N°37: En caso en que sea necesario aplicarla, el maestro se limitará a suspender la asistencia del alumno a la escuela dando cuenta inmediatamente al Consejo Escolar de todo lo sucedido, para que este resuelva sobre la expulsión. Se después de seis meses de la expulsión, el padre o tutor del niño solicitare ante el Consejo Escolar, o en su defecto a la autoridad respectiva su nuevo ingreso a la escuela, podrá acordársele, siempre que el alumno haga propuestas de buen comportamiento, y prometa en lo sucesivo no dar causa para otra expulsión.

Art.No 38: Queda absolutamente prohibido el uso de castigo corporal, así como el de poner apodos o sobrenombres e infligir ninguna otra penitencia que importe una afrenta para el alumno.

Art.N°39: Siempre que un alumno faltare a la escuela, el maestro averiguará inmediatamente la causa; y si la inasistencia fuese continuada, no siendo por enfermedad, u otra causa justificada, el Preceptor dará cuenta al Consejo Escolar respectivo para el cumplimiento del artículo 8°.

 

Limpieza y aseo

Art.N°40: El barrido de la escuela debe hacerse diariamente por persona costeada por el Consejo del distrito, cuidando de que los techos y paredes se encuentren siempre perfectamente aseados.

Art.N°41: La persona encargada del aseo de la escuela desempolvará las mesas y bancos después del barrido, lavará los vidrios de la escuela una vez por semana a lo menos, y mantendrá el aseo diario de las letrinas, patios y el trozo de calle correspondiente al frente del edificio.

Art.N°42: El maestro queda encargado de hacer cumplir con exactitud las indicadas prescripciones, y para el mantenimiento del aseo de las clases, patios y letrinas, durante el día formulará un reglamento interno de policía, nombrando de entre los niños un monitor, que haga cumplir las disposiciones que al caso se refieran.

Art.N°43: El niño desaseado que después de haber sido amonestado amistosamente por la primera vez, continuara dando mal ejemplo por su abandono, se le hará asear en cuanto sea posible, en presencia de los demás compañeros, previniendo el maestro a las familias que deben enviar a los niños en un estado conveniente de limpieza.

Art.N°44: Antes de comenzar la primera clase el maestro formará a los niños en el patio, donde les pasará revista de aseo personal, procurando que todos se presenten con las manos y cara lavadas, las uñas cortadas, bien peinados, limpio el calzado y sin roturas en la ropa. Se hará salir de la fila al niño sucio o desaseado para que vaya a lavarse o limpiarse en la misma escuela. En seguida dará a los alumnos algunas lecciones sobre higiene.

Art.N°45: Todos los años se hará el blanqueo de la escuela, y tanto esta operación como la de pintura y cualquiera otra refacción necesaria, se efectuará durante la época de vacaciones ordinarias; pero en el caso de que la reparación fuere de urgente necesidad, podrá verificarse en cualquier época del año. En los edificios alquilados, se exigirá al contratarlos que sus propietarios den cumplimiento de esta disposición.

 

Disposiciones generales

Art.N°46: En toda escuela de cualquier grado, habrá indispensablemente los libros siguientes: el de matrícula, el registro de penitencia.

Art.N°47: Los libros serán llevados al día con suma escrupulosidad, debiendo observarse el mayor aseo y exactitud y evitando toda raspadura, borrón, raya, etc.

Art.N°48: Los maestros no podrán abandonar sus puestos sin causa justificada, mientras la escuela está en función.

Art.N°49: Es prohibido levantar ni promover en las escuelas públicas suscripciones ni contribuciones entre los alumnos, cualquiera que sea el objeto a que se destinen.

Art.N°50: El local de la escuela no podrá servir par fines ajenos de la enseñanza.

Art.N°51: Al terminar el año escolar cada maestro podrá remitir al Ministerio de Instrucción Pública una memoria en la cual hará las observaciones que crea conveniente sobre la marcha del establecimiento indicando las dificultades que se opongan al mejor servicio, y las modificaciones que crea deben adaptarse para mejorar las condiciones de la escuela a su cargo. Los maestros pasarán un ejemplar de esta memoria al Consejo Escolar respectivo.

Art.N°52: Queda prohibido a los maestros vender libros y útiles a los alumnos. Tampoco podrán suministrar a éstos, libro alguno sin orden escrita del Consejo Escolar.

Art.N°53: Siempre que este reglamento se haga referente a los Preceptores, se considerarán comprendidas en esa denominación las Preceptoras.

Art.N°54: Este Reglamento empezará a regir desde la reapertura de los cursos escolares de las escuelas públicas en 1° de Marzo del año entrante.

Art.N°55: Las disposiciones consignadas en el presente decreto relativas a la organización del plan de estudios, y demás reglas establecidas para el mejor régimen de las escuelas, se hacen igualmente extensivas a los establecimientos de educación costeados por la junta Económica Administrativa de esta Capital.

Art.N°56: Comuníquese, publíquese, y dése a al Registro Oficial.

 

Caballero

José A. Bazarás

Fuente: A.N.A. Ministerio de Justicia C. e I. Pública (1872 - 1881) Vol. I. Hoja. 153 y siguientes.

 

 

 

 

 

 





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