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GERARDO LUIS ACOSTA PÉREZ

  EL FÚTBOL PROFESIONAL EN EL PARAGUAY MARCO JURÍDICO ACTUAL Y PERSPECTIVAS PARA EL FUTURO - Por GERARDO LUIS ACOSTA PÉREZ


EL FÚTBOL PROFESIONAL EN EL PARAGUAY MARCO JURÍDICO ACTUAL Y PERSPECTIVAS PARA EL FUTURO - Por GERARDO LUIS ACOSTA PÉREZ

EL FÚTBOL PROFESIONAL EN EL PARAGUAY MARCO JURÍDICO ACTUAL Y PERSPECTIVAS PARA EL FUTURO

Por GERARDO LUIS ACOSTA PÉREZ


A la memoria de Andrés Borgognon y Fabio Serón López



Agradezco a mi compañero y amigo Dr. GERARDO ACOSTA,

Por facilitar la inclusión íntegra del libro en el PORTALGUARANI.COM

Gracias GERARDO


S U M A R I O

Sumario - 6

Introducción - 7

PRIMERA PARTE: El fútbol en Europa - 15

Capítulo 1: El intervencionismo estatal - 17

Capítulo 2: La dualidad Federación - Liga profesional - 31

Capítulo 3: De la asociación a la sociedad comercial - 83

SEGUNDA PARTE: El fútbol en Paraguay - 120

Capítulo 1: El contralor estatal - 123

Capítulo 2: La dualidad APF - UFI - 137

Capítulo 3: De la asociación al gerenciamiento - 175

TERCERA PARTE: Una mirada al futuro - 185

Capítulo 1: La legislación deportiva - 187

Capítulo 2: La liga profesional - 199

Capítulo 3: La sociedad comercial - 228

Conclusión - 247

Bibliografía - 252

Tabla de Materias - 265

Anexos – 269


INTRODUCCIÓN

Más de cien años han pasado desde la tarde en que los alumnos de la Escuela Normal de Profesores, a instancia de un holandés, el señor William Patts, echaron a rodar el balón de una desconocida forma de diversión que aquel señor llamaba «football». Era el inicio de la práctica del deporte más popular del Paraguay. 1 En efecto «el rápido desarrollo del gusto y la práctica de los deportes en todos los países, en todas las clases, es uno de los rasgos más característicos de la vida social contemporánea» 2, al punto que parafraseando a Cazorla Prieto podemos decir que «vivimos en la era del deporte».

El deporte en el Paraguay como en todo el mundo nació y se desarrolló a partir de «base eminentemente privada, surgida de la sociedad civil y estructurada en forma asociativa, mediante los "clubs"» 3. En algunos países a partir de las universidades, y en otros como el nuestro, sobre la base de la pertenencia a un barrio o ciudad. Posteriormente estos clubes, que comenzaron organizando competiciones entre sus socios, poco a poco fueron enfrentándose con otros clubes, y vieron la necesidad de crear una estructura de coordinación de sus actividades.

De esta manera nacieron las Federaciones deportivas nacionales, como asociaciones de segundo grado, responsables de la promoción de la práctica de una disciplina deportiva determinada y de la organización de las competiciones a nivel nacional, mediante la afiliación a las mismas de todas las asociaciones de primer grado, los clubes, que promocionaban la práctica del deporte en cuestión.

La expansión de las competiciones a nivel internacional, hizo que nacieran también las Federaciones deportivas internacionales 4.

Todo lo que acabamos de decir vale para la organización del deporte en sus inicios, a mediados del siglo XIX, en plena revolución industrial cuando las ideas del estado liberal impregnaban las Constituciones de todos los países del mundo. En ese tiempo, el Estado, o si se quiere, los poderes públicos dejaba toda la iniciativa de las acciones sociales a los individuos, o grupos de individuos, limitándose a controlar el respeto del orden público. Pero todo ello cambió con la aparición del moderno estado social de derecho en el cual «ese señorío casi absoluto de la autonomía reinante en el siglo pasado, fue cediendo lentamente ante la aparición de un nuevo orden público, donde la publicización del derecho se acentúa y donde el Estado, con intervención cada vez más creciente en la vida de los pueblos, limita cada vez más la libertad de las convenciones entre los particulares» 5. Llegamos al estado providencia.

Es en este orden constitucional que se desarrolla el deporte en la actualidad. Ya no se trata por tanto de una actividad meramente privada, sino que la misma está impregnada de un interés público, pues se ha comprobado que el deporte es un medio idóneo para la socialización del individuo, para el mantenimiento de su salud física y mental, y tal vez incluso para aumentar el sentimiento de pertenencia nacional.

Vemos entonces que existen en la actualidad tres actores que se interesan directamente en la promoción y práctica del deporte. En primer lugar los clubes, luego las federaciones y finalmente el propio Estado. O tal vez debamos invertir el orden, para mencionar primero al Estado, poder público por excelencia; luego a las federaciones deportivas, poder deportivo de segundo grado; y finalmente a los clubes, cimiento de la práctica deportiva.

Bajo estos tres aspectos, se presentará este trabajo que busca analizar, comparar y proponer el camino de la transformación jurídica de la organización del fútbol profesional en el Paraguay. Y hablamos de fútbol profesional pues hoy «tal como lo señala el Dr. Ragazzi, el deporte aun manteniendo algunos rasgos del deporte-ocio, deporte-salud, o deporte-recreación, también ha sufrido el impacto y los efectos de la transformación posmoralista que privilegia la trivialización de la inteligencia y la cultura, y no sorprende que la actualidad del deporte coincida con el culto hiperbólico del espectáculo, con las estrategias de marcas, con la personalización y la profesionalización de los campeones»6. Es que el deporte «se convirtió progresivamente en un hecho económico y social importante que no puede ser asimilado a una amable actividad de diversión destinada a una clase de privilegiados deseosos de ocupar su tiempo libre»7

Así, el deporte ha evolucionado hacia el profesionalismo, siendo esta evolución acompañada, en algunos casos por los cambios jurídicos necesarios a su estructuración, y en otros, sin que los lineamientos de su origen aficionado hayan dejado de dirigir una acción ahora profesionalizada.

Este trabajo sostiene que el Paraguay se encuentra en el segundo de los casos mencionados, y en consecuencia los cambios son urgentes y necesarios. Los advertíamos hace poco más de un año cuando iniciábamos el proyecto y los hechos han confirmado nuestras previsiones. En tanto el seleccionado nacional ya no está entre los 20 mejores del mundo del fútbol, nuestros clubes no acceden a semifinales en torneos continentales, y sufren financieramente por la falta de medios para generar los recursos que exige la participación en campeonatos profesionales, o simplemente para pagar deudas que se crearon por una incorrecta aplicación de elementales reglamentaciones de la federación internacional 8.

En este contexto, es necesario buscar un modelo de inspiración, para lo que es mejor que recurrir a dos países de tradición jurídica romanista y muy cercanos al Paraguay en este aspecto. Nos referimos a España y Francia, porque la primera fue colonizadora del Paraguay y la segunda legó su derecho privado.

En la Primera Parte «El fútbol en Europa« analizaremos desde la triple óptica (Estado, Federación, Club) la evolución que ha sufrido el modelo asociativo europeo de gestión del fútbol profesional.

Partiremos para el efecto del intervencionismo Estatal (Capítulo 1) en el que el Estado se interesa cada vez más en el fenómeno deportivo, para regular no sólo la vertiente de deporte para todos sino también en la vertiente de deporte espectáculo o deporte profesional. Para ello pasaremos primero revista a los diversos órdenes constitucionales en que se ha desenvuelto el deporte moderno para analizar en último término las motivaciones que han tenido los Estados para regular una actividad eminentemente privada.

La intervención del Estado en el hecho deportivo ha tenido una de sus principales manifestaciones en la dualidad Federación Nacional - Liga profesional (Capítulo 2), porque a partir de la legislación estatal se producen cambios fundamentales en la estructura federativa del deporte, en la cual, además de determinar claramente el organigrama social de la federación y su ámbito de actuación, ha aparecido la Liga profesional como una entidad independiente, responsable de la gestión del campeonato profesional, cuyas funciones han sido limitadas claramente en la ley.

Es que cuando «avec l'argent le jeu devient un enjeu»9 (con el dinero el juego deviene una jugada) es necesario dotar a la gestión, de esta forma de actividad comercial, de organismos capaces de hacer frente a los requerimientos de su profesionalización.

En cuanto a la Federación, analizaremos de qué manera se cumple la actuación federativa en lo que respecta a la organización, el desarrollo y el rendimiento. Para la Liga, nos detendremos en los rasgos específicos del poder federativo que le han sido delegados para la organización de la competición profesional

Pero la competición profesionalizada necesita de clubes profesionalizados, ya que mantener a las asociaciones civiles como participantes de la misma carece de sentido «por mucho que apostemos por una idea romántica del deporte» pues «cuando pagamos por verlo y otros cobran por practicarlo u ofrecerlo, ya no es tan romántica»10 y necesitamos recurrir a otras figuras del derecho para estas entidades. Es lo que hicieron España y Francia cuando pasaron de la asociación a la sociedad (Capítulo 3) aceptando de una vez por todas que «dirigir un club profesional ha dejado de ser un pasatiempo practicado por benévolos señores solventes y con tiempo para ello, que podían endeudar lo insospechado a la entidad que presidían para convertirse en un negocio que mueve unos cuantos miles de millones… y que debe gestionarse responsablemente, como cualquier actividad empresarial» 11.

Así veremos en esta última parte del primer capítulo los lineamientos generales de las sociedades comerciales deportivas, y las diferencias entre el modelo español de transformación y el francés de creación.

Este es el contexto europeo, poco conocido en el Paraguay, y por supuesto difícilmente emulado. Es que en el Paraguay se suelen hacer las cosas inversamente al resto del mundo, o simplemente se hacen como siempre se han hecho, sin averiguar siquiera si tal manera de actuar es correcta y permite una evolución en nuestra historia. Es la costumbre de la repetición constante, sin medir los resultados.

En la Segunda Parte «El fútbol en Paraguay» analizaremos cómo se refleja en la organización del fútbol paraguayo esa manera tan peculiar que tenemos de actuar. Primero desde un Estado contralor (Capítulo 1) que a pesar de declararse como Estado social de Derecho12 sigue rigiendo al fútbol, y al resto de los deportes, con un vetusto Reglamento General de los Deportes promulgado durante la vigencia de la Carta Política de 1940 que se inspiraba en las ideas totalitarias del fascismo de Mussolini y Franco. Veremos cómo la evolución constitucional del concepto del Estado, no ha tenido un reflejo legislativo en el ámbito del deporte, por lo que la libertad de asociación juega un rol absoluto en la organización federativa paraguaya, con sus consecuencias, a veces, funestas.

Así, la dualidad «Federación Nacional - Liga Profesional», se convierte en el Paraguay en una dualidad A.P.F. (Asociación Paraguaya de Fútbol) - U.F.I. (Unión del Fútbol del Interior) (Capítulo 2) , en la que la primera a pesar de ser la federación nacional de fútbol cumple funciones propias de una Liga profesional, y la segunda, a pesar de ser una afiliada de segunda jerarquía de la primera, es la verdadera federación paraguaya de fútbol.

Finalmente ¿que ha pasado con nuestros clubes?. ¿Han evolucionado?. La respuesta es claramente no. Solamente han pasado, en algunos casos, de la asociación al gerenciamiento (Capítulo 3), modelo de crisis exportado de la Argentina, que hasta el momento siembra más dudas que certidumbres. Veremos en esta última parte de qué manera tanto la asociación como la figura del gerenciamiento se muestran inadaptadas para la gestión del fútbol profesional.

Una cosa es clara en Paraguay: el fútbol es profesional pero «lo que evidentemente no existe es una organización o sistema realmente profesional, vale decir, estamos dentro del sistema, pero carecemos de una organización adecuada a él. Es la gran tragedia de nuestro fútbol y acaso una de las causas de su raquitismo» 13 pues «la enorme proyección de la práctica (del fútbol) no ha venido acompañada de un adecuado sistema normativo en sus aspectos más elementales" 14.

Son esos aspectos elementales los que propondremos en la Tercera Parte como «Una mirada al futuro», en que como primer paso es necesaria la aparición de una legislación deportiva (Capítulo 1) que regule el deporte profesional atendiendo a sus especiales características. Como es obvio la legislación debe inspirarse en el Estado Social de Derecho al cual el Paraguay se adhiere, para delegar funciones públicas en la Federación Nacional, y crear para la gestión del deporte espectáculo la Liga Profesional (Capítulo 2) como entidad autónoma pero vinculada a la federación, y en la que estén representados todos los clubes participantes de la competición profesional, los que para hacer frente a la creciente profesionalización adoptarían una de las varias formas de sociedad comercial (Capítulo 3) que propondremos.

Es que, si bien es cierto lo que sostiene el Papa cuando reclama que los intereses materiales y económicos no dominen al fútbol15, no es menos cierto que «lo poco o mucho que reste de deporte en este espectáculo se articula a través de una competición cuya pureza puede verse afectada por una telaraña de intereses económicos u de otra índole» 16.

Y de ello deriva la necesaria regulación, tanto desde el Estado como desde el propio movimiento deportivo, de este nuevo fenómeno, para que el fútbol conserve su valor como expresión de la solidaridad y del respeto mutuo y no tengamos que decir que «el deporte es como el hombre: ha perdido definitivamente el paraíso"17

 

NOTAS

1 Patricio Zelada Silva. DEPORTES EN EL PARAGUAY. pág. 200

2 Andreu Camps Povill. LAS FEDERACIONES DEPORTIVAS. REGIMEN JURIDICO. Pág. 19

3 Andreu Camps Povill. Op. citado. pág. 22

4 Raymond Thomas. HISTOIRE DU SPORT. pag. 59

5 José Antonio Moreno Rufinelli. DERECHO CIVIL. PERSONAS. pág 83

6 Facundo Alberto Biagosch. ASOCIACIONES CIVILES. pág. 318

7 Jean-François Bourg y otro. ANALYSE ECONOMIQUE DU SPORT. pág. 316

8 Recientemente clubes paraguayos han sido conminados por la Comisión del Estatuto de Jugador de FIFA a pagar grandes sumas de dinero en concepto de indemnización de promoción y formación de jugadores conforme al Reglamento sobre el Estatuto y Transferencia de Jugadores  en su versión de 1997. Estos clubes, como consecuencia de un error conceptual consideraban que no debían abonar suma alguna de dinero basados en supuestos derechos de propiedad sobre el Certificado internacional de Transferencia, que en Paraguay recibe el nombre de «pase».

9 Jean-Baptiste Ngadomane. L'EXPLOITATION COMMERCIALE DU SPORTIF PROFESSIONNEL. pág. 12

10 Ramón Terol Gómez. LAS LIGAS PROFESIONALES pág. 336

11 Ramón Terol Gómez. Op. citado. pág. 337

12 La constitución paraguaya en su artículo 1° declara lo siguiente: «La República del Paraguay es para siempre libre e independiente. Se constituye en Estado social de derecho, unitario, indivisible y descentralizado en la forma que establecen esta constitución y las leyes. La República del Paraguay adopta para su gobierno la democracia representativa, participativa y pluralista, fundada en la dignidad humana»

13 Hassel Aguilar Sosa. EL JUGADOR DE FUTBOL ANTE EL DERECHO. pág. 35

14 Remedios Roqueta Buj. EL CONTRATO DE TRABAJO DE LOS DEPORTISTAS PROFESIONALES. pág. 33

15 Michel Pautot. SPORTIFS, TRANSFERTS ET LIBERTÉ DE CIRCULATION. pág. 1

16 Tomás González Cueto. LAS FORMAS ASOCIATIVAS EN EL DEPORTE DEL FÚTBOL en Cuestiones actuales de fútbol profesional. pág. 113

17 Jean-Claude Hallouin. L'APPORT DE LA LOI 13 JUILLET 1992 A L'ORGANISATION JURIDIQUE DES CLUBS en Droit du Sport. pág. 66

 

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