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MANDUA REVISTA DE LA CONSTRUCCIÓN

  MANDU'A Revista de la Construcción - Nº 390 - Octubre 2015


MANDU'A Revista de la Construcción - Nº 390 - Octubre 2015

MANDU'A

Revista de la Construcción


Nº 390

AÑO XXXIII

Octubre 2015

 

 

 

 

TARJETAS DE CRÉDITO, ¡ENHORABUENA POR EL PARLAMENTO!

En su sesión del pasado 20 de agosto la Cámara de Diputados, por decisión unánime de sus miembros, resolvió aceptar los cambios introducidos por el Senado al artículo 9 y 10 del proyecto de ley de transparencia de las tarjetas de crédito.

Esta decisión del Parlamento viene a poner coto al libre albedrío con que los bancos y entidades emisoras de tarjetas de crédito manejaban este negocio, donde la tasa de interés anual cobrado por los catorce emisores del dinero plástico oscila entre el 26,82 % que cobra Bancop y el 54.44 % de Interfisa. Este costo puede llegar a superar el 90% cuando se aplican los heterogéneos cobros por comisiones al que recurren estos prestamistas por distintos motivos. Hay que recordar también que en cada operación de compra por esta modalidad participan el comprador, el negocio vendedor y el emisor de la tarjeta. El vendedor debe pagar por la intermediación un canon variable que oscila entre el 7 y el 9,2%, con lo cual la plusvalía obtenida por el sistema en su conjunto puede alcanzar al 100% sobre el costo inicial de la compra realizada.

La decisión del Congreso determina que el interés máximo no puede ser mayor en tres veces a las tasas pasivas que los mismos pagan por los depósitos de sus clientes, que se estima en un 8,5%, con lo cualel interés no superaría el 26%.

Los empresarios del sector bancario inmediatamente expresaron su reprobación e indicaron que si el Ejecutivo sancionaba la Ley recurrirían a la Corte pidiendo la inconstitucionalidad de la misma, medida a la que apelaron el 4 de setiembre, ya que el presidente Cartes dio su anuencia a la Ley N° 5476 el 26 de agosto.

Un connotado portavoz del gremio bancario argumentó “que el tope de las tasas de interés condena a muerte al crédito a través de las tarjetas, reduciéndolo a un simple instrumento de compra”; además, recordó que “las tasas de interés son un precio y como tal no deben estar sujetos a definiciones arbitrarias…”, expresando, asimismo, que la medida “supondrá un efecto muy negativo para toda la economía que se maneja de manera formal”.

Otros de los argumentos esgrimidos por los empresarios es que los intereses sólo se cobran cuando el cliente no paga la totalidad de su cuenta al recibir la factura del mes y decide “beneficiarse” con el pago a crédito. Sin embargo estas facturas ya se emiten con financiamiento induciendo al pago de una cuota mínima, debiendo el cliente gestionar el pago al contado en caso de no aceptar el financiamiento. La inmensa mayoría opta por el financiamiento.

Igualmente, afirmaron que “en Brasil, la tasa máxima llega al 80%, Uruguay 88%, Argentina 86,6%, Chile 53,88% y Perú 55%. A efectos de verificar estas cifras, Mandu’a consultó por Internet cuáles son los intereses vigentes en distintos países, verificando que las reales tasas son estas y no la divulgadas por el gremio bancario: Chile 36,67%, Perú, de 21 a 27%, Ecuador 15,19%, Uruguay 82,74%, Argentina 36,96%, Brasil 54,4%, México 23,9%, Colombia, 21,27 a 28,79%, Estados Unidos 9,9 a 17,99%, España 20,82%.

En España los consumidores reclaman por el alto costo de las tarjetas, siendo un 23% más altas que el promedio de la Eurozona, 16,98%, calificando de usurarios los tipos de interés vigentes. Aluden a la jurisprudencia del Tribunal Supremo español que determina que si la tasa de interés que se paga supera en 2,5 veces el interés legal del dinero se practica usura. Siendo que dicho interés legal es del 4%, todo aquel préstamo que supere el 10% es usura, denuncian. 

El costo del dinero tiene directa relación con la marcha de la economía y la inflación, la que suele medirse con el Índice de Precios al Consumo (IPC). Cuando menor es la inflación menor es dicho costo. En Paraguay la tasa de variación anual al mes de julio ha sido del 3,6% y la inflación acumulada en 2015 es del 2,2%. En Brasil dicha variación anual es 9,8%, en Uruguay 8,2%, en Argentina 26,6%, en Chile 3,4%, en Colombia 4%, en Estados Unidos 1,5%, Perú 3,4% y Ecuador 2,9%.

El Banco Central, por resolución emitida el 31 de agosto, reglamentó el cobro de  comisiones, gastos y penalidades que las entidades financieras aplicaban a sus clientes, reduciendo de 402 a 56 las causas por las cuales podían facturarles, persistiendo, sin embargo, varios ítems muy cuestionados.

Suele expresarse que buen negocio es aquel que beneficia a ambas partes. La riqueza de los bancos no puede sustentarse a costa del impagable endeudamiento de sus clientes, endeudamiento que tiene reminiscencias a la explotación del mensú en los yerbales de siglos pasados.  El desarrollo económico equilibrado del país exige equidad y justicia.

Por lo expuesto, Mandu’a puede afirmar que, esta vez al menos, nuestros criticados parlamentarios han cumplido con la obligación que tienen con el país y su gente.

 

 

 

Fuente Digital:  Mandua.com.py (Online)

Registro: Octubre 2015

 

 

 

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