GABINETE CIVIL
PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY
SECRETARÍA GENERAL y GABINETE CIVIL
PRESIDENCIA DE DON HORACIO CARTES
Espacio en la web: http://www.gabinetecivil.gov.py
(Datos de Setiembre 2013)
MISIÓN
El Gabinete Civil, es un organismo de apoyo y asesoramiento técnico-político al Presidente de la República, por medio del cual el Poder Ejecutivo, coordina los procesos definición, instalación, publicación oficial, comunicación y seguimiento de las políticas de Gobierno y de Estado. Lo hace en forma efectiva, proactiva, oportuna, armónica, participativa y transparente, atendiendo a las demandas sociales e integrando las capacidades institucionales para contribuir al funcionamiento adecuado de los Organismos y Entidades del Estado.
PRINCIPIOS
Los Principios Éticos son las normas del fuero interno y creencias básicas de las personas sobre las formas correctas como debemos relacionarnos con los otros y con el mundo.
La Constitución Nacional de 1992, estableció las bases fundamentales en principios y valores que deben cumplirse en el ejercicio de la Función Pública de Administrar el Estado, los cuales se constituyen en los preceptos fundamentales definidos para encaminar su desarrollo y para lograr el bienestar general de todos los ciudadanos.
Estos principios y valores están presentes en todos los procesos, actividades o tareas emprendidas por la institución y sus funcionarios a fin de cumplir con su propósito institucional y social.
Lo anterior obliga a que estos principios deben tomarse a fin de apoyar a la entidad pública a cumplir sus objetivos y coordinar sus actuaciones hacia el logro de los fines esenciales del Estado.
NUESTROS PRINCIPIOS ÉTICOS SON:
1. Eficiencia
Velamos porque en igualdad de condiciones de calidad y oportunidad, el Gabinete Civil de la Presidencia de la República obtenga la máxima productividad de los recursos que le han sido confiados, para el logro de su propósito institucional y social.
2. Eficacia
Nos orientamos hacia el cumplimiento de la gestión del Gabinete Civil de la Presidencia de la República, en relación con las metas y los objetivos previstos. Lo cual nos permite determinar si los resultados obtenidos tienen relación con los objetivos, y con la satisfacción de las necesidades de todos los grupos de interés.
3. Economía
Somos austeros y mesurados en los gastos e inversiones públicas en condiciones de calidad, cantidad y oportunidad requeridas, para la satisfacción de las necesidades de los diferentes grupos de interés y, en especial, de la población más vulnerable.
4. Celeridad
Actuamos con oportunidad y diligencia en la planeación, toma decisiones y ejecución del trabajo, así como en la entrega de los productos, servicios o de información a los públicos interesados, de modo que la gestión general de Gabinete Civil de la Presidencia de la República tenga una dinámica constante que asegure la búsqueda de la excelencia.
5. Preservación del Medio Ambiente
Somos responsables en la preservación, conservación, recomposición y mejoramiento del medio ambiente, así como en la aplicación de políticas para la adquisición de insumos de trabajo no contaminantes, la implementación de programas internos de reciclaje y de austeridad en el uso de insumos y de servicios públicos.
6. Comunicación
Suministramos constante y oportunamente información de calidad, por parte de nuestros agentes públicos sobre sus actuaciones administrativas, de manera que se garantice a la ciudadanía y a todos los grupos de interés del Gabinete Civil de la Presidencia de la República el conocimiento oportuno de las decisiones tomadas por las autoridades que los puedan afectar.
ANTECEDENTES
BREVE HISTORIA DE LA INSTITUCIÓN. ACTUALIDAD SOBRE LA INSTITUCIÓN.
Los servicios de la Presidencia de la República del Paraguay se remontan a los años treinta, cuando el Presidente Provisional de la República, Cnel. Rafael Franco, oído el parecer del Consejo de Estado, dicta el Decreto Ley Nº 2254 de fecha 23 de junio de 1936, por el cual se crea el cargo de Secretario de la Presidencia de la República, siendo nombrado en el mismo el señor Elpidio J. Yegros, de conformidad al Artículo 102 de la Constitución Nacional del añ0 1870.
En el año 1944, el Presidente de la República, General Higinio Morínigo, oído el parecer del Consejo de Estado, establece el Decreto Ley Nº 3872 fechado el 31 de Mayo del citado año, por el cual se organizan los servicios de la Presidencia de la República, de conformidad al Artículo 51 de la Constitución Nacional (carta política) del añ0 1940. En el año 1948 la Honorable Cámara de Representantes, sanciona la Ley Nº 9 de fecha 22de julio del indicado año, por el cual se aprueban todos los Decretos – Leyes dictados por el Poder Ejecutivo desde el 18 de febrero de 1940 hasta el 21 de marzo de 1948.
En ese mismo año por medio del Decreto Nº 4000 del 9 de Junio de 1944, y de conformidad al Artículo 5º del Decreto Ley Nº 3872, el Poder Ejecutivo aprueba el Reglamento de los Servicios de la Presidencia de la República. La normativa jurídica administrativa indicada precedentemente rigió en forma continua, hasta después de la Revolución de la Candelaria del 2 y 3 de febrero de 1989.
Instalado el gobierno del Gral. Andrés Rodríguez y con el objetivo de profundizar la reconstrucción institucional de la organización administrativa del Estado, con la introducción de modernas técnicas de gestión que aseguren el funcionamiento institucional, eficiente y democrático de la Presidencia, por Decreto Nº 7208 de fecha 23 de setiembre de 1990, se organizan los servicios de la Presidencia de la República, derogando el Decreto Nº 4000 del año 1944. Cabe resaltar que el Decreto Ley Nº 3872/1944 y la Ley Nº 9/1948, indicados no han sido derogados o modificados. Los cuales siguen plenamente vigentes.
El 15 de agosto del año 1993, asume como Presidente de la República, el Ing. Juan Carlos Wasmosy, uno de sus primeros actos de gobierno fue dictar el Decreto Nº 2 de la indicada fecha, por el que dispone la organización de los servicios de la Presidencia de la República y deroga el Decreto Nº 7208 del año 1990. Inmediatamente dicta el Decreto Nº 28 del 19 de agosto de 1993, modificando el Artículo 4 del Decreto Nº 2/1993, dando nuevamente vigencia al Decreto Nº 7208/1990.
Luego de los sucesos del Marzo Paraguayo (1999), asume como Presidente de la República el Dr. Luis Ángel González Macchi, y en la necesidad de reestructurar los servicios y las funciones organizativas del Gabinete Civil de la Presidencia de la República, dicta el Decreto Nº 3560 de fecha 9 de junio de 1999, derogando el Decreto Nº 2 de 1993, dejando sin efecto el Decreto Nº 28 de 1993. Igualmente deja sin efecto algunos artículos del Decreto Nº 7208/1990 referente a la constitución y funciones del Gabinete Civil.
El Gobierno Nacional (2008/2013) inicio un proceso de reorientación de las funciones de los organismos de la Administración Central, entre los que se encuentra el Gabinete Civil, el cual se constituye en un órgano auxiliar y de carácter técnico de la Presidencia de la República, que tiene a su cargo asistir y asesorar al Titular del Poder Ejecutivo en el proceso de definición, instalación, comunicación y seguimiento de las políticas de Gobierno, en forma efectiva y transparente, integrando capacidades institucionales y demandas sociales de manera a contribuir al funcionamiento adecuado de los Organismos y Entidades del Estado para el desarrollo integral de la sociedad.
En ese sentido, el Presidente de la República Don Fernando Lugo, (2008/2012) de conformidad a la Constitución Nacional (1992) que en su Artículo 238, Numerales 1) y 3), dicto el Decreto Nº 8800 del 25 de abril de 2012, estableciendo un nuevo marco jurídico institucional que reorganiza al Gabinete Civil reglamentando sus funciones, atribuciones, y facultades de sus autoridades.
El Presidente de la República Dr. Luís Federico Franco Gómez, (2012/2013), unos de sus primeros actos de gobierno fue la creación de la Secretaría Nacional Anticorrupción (SENAC), por Decreto Nº 10.144/2012. En ese marco se dicto el Decreto Nº 10903, del 10 de abril de 2013, por el cual modificó y amplió parcialmente el Decreto Nº 8800/2012, estableciendo en el ámbito del Gabinete Civil una Dirección General Anticorrupción e Integridad.
En la Actualidad, el Gabinete Civil de la Presidencia de la República a través de su titular y los demás responsables de las diferentes Direcciones Generales, Direcciones y áreas de trabajo técnico y especializado, asiste y apoya al señor Presidente de la República en la elaboración de la documentación relativa a los programas, proyectos, planes, actividades y la Agenda Estratégica del Poder Ejecutivo.
Igualmente otorga el apoyo operacional a las relaciones de la Presidencia de la República con los Organismos del Estado, Poderes Legislativo y Judicial, Ministerio Público, Instituciones y Reparticiones de la Administración Central, Gobiernos Subnacionales (Departamentales y Municipales), en coordinación con los Ministerios y Secretarías competentes.
Asimismo, entiende en todos los asuntos legales de la Presidencia de la República sometidos a su estudio y en tal sentido asesora al Titular del Poder Ejecutivo en las cuestiones relacionadas con asuntos constitucionales, legislación de carácter internacional, las cuestiones del régimen legal nacional y sus implicancias en las actividades del Gobierno Nacional. Coordina el funcionamiento del sistema de tramitación interinstitucional de los decretos y las leyes sometidas a consideración del Poder Ejecutivo.
Tiene a su cargo la organización del Registro Oficial de la República, para el archivo de los ejemplares originales de las leyes y de los decretos, y la distribución de las copias para su publicación por el órgano público competente. Edita la Gaceta Oficial de la República, (Decreto Nº 4526, del 4 de junio de 2010).
Administra los recursos de bienes y servicios de la Presidencia de la República, a fin de optimizar la gestión y para la consecución de los objetivos institucionales, dentro de un marco de transparencia, eficiencia y eficacia. Planifica, coordina y supervisa las ceremonias y actos en los que deba participar el Presidente de la República. En la misma forma atender y programar las audiencias de los Miembros del Cuerpo Diplomático y funcionarios extranjeros con el titular del Poder Ejecutivo. En resumen se instituye un organismo competente para responder a las necesidades históricas que vive la Nación, pasando del esquema de autoridad al de servidor público.
AUTORIDADES
SECRETARÍA GENERAL
López Moreira Borgognon, Juan Carlos
Ministro-Secretario General y Jefe del Gabinete Civil.
DIRECCIÓN GENERAL JURÍDICA, DECRETOS Y LEYES
Godoy Codas, Sergio Daniel
Ministro, Asesor Jurídico
Dirección Jurídica
Salomón Nunes, Roberto Darío
Director
Dirección de Decretos y Leyes
Rodas Vega, Edgar
Director
Coordinación de Asuntos Legales
Cabral Lambiasse, Rubens Darío
Coordinador
DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS
Ibarrola Cano, César Daniel
Ministro, Director General
Coordinación General Financiera
González, Dolores
Coordinadora
Dirección de Tecnologia de la Información y Telecomunicaciones
Montiel Flores, Carlos Raúl
Director
Dirección de Control Interno
Velázquez, Darío
Director
Dirección de Control y Ejecución Presupuestaria
Duarte Brítez, Jorge Raúl
Director
Dirección de Presupuesto
González, Dolores
Directora
Dirección de Contabilidad
Torres León, Hada Natalia
Directora
Dirección de Patrimonio
Zarza Benítez, Fredy Gustavo
Director
Dirección de Servicios Generales
Sanchéz Rojas , Fany Emilce
Directora
Dirección de Gestión y Desarrollo de Personas
Krauer, Gustavo Ramón
Encargado de Despacho
Dirección de UOC
Peréz de Zunini, Hilda María Graciela
Directora
DIRECCIÓN GENERAL ANTICORRUPCIÓN E INTEGRIDAD
Correa Martínez, Diana
Directora General
DIRECCIÓN GENERAL DE COORDINACIÓN INTERINSTITUCIONAL
Villalba Saldívar, Walter Aníbal
Director General
DIRECCIÓN GENERAL DE INFORMACIÓN PRESIDENCIAL
Fleitas Pereira, Roberto Daniel
Director General
DIRECCIÓN GENERAL DE CEREMONIAL DEL ESTADO
Ramírez Villalba, Enrique Narciso
Director General
DIRECCIÓN DE PUBLICACIONES OFICIALES
Cazal Riego, Juan Carlos María
Director
DIRECCIÓN DE AUDITORÍA INTERNA INSTITUCIONAL
Colina Medina, José María
Director
MARCO LEGAL
MARCO LEGAL DEL GABINETE CIVIL DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY
LEYES
Ley Nº 9/1948 Que aprueba todos los decretos y leyes.
DECRETOS LEYES
Decreto Ley Nº 3872/1944 Que organiza los servicios de la Presidencia de la República.
DECRETOS
Decreto Nº 4526/2010 Por el cual se establece el procedimiento para la edición y publicación de la Gaceta Oficial y se organiza el Registro Oficial de la República del Paraguay.
Decreto Nº 8800/2012 Por el cual se reorganiza el Gabinete Civil de la Presidencia de la República.
Decreto Nº 10143/2012 Por el cual se aprueba el código de ética del poder ejecutivo que establece la vigencia de un sistema de gestión ética en base a valores y normas que deben regir y orientar la conducta de las autoridades y los servidores públicos.
Decreto N° 10903/2013 Por el cual se modifican y amplían los artículos 10, 19 y 20 del decreto N° 8800 del 25 de abril de 2012.
RESOLUCIONES
Resolución SG 777/13 Por el cual se conforma la Comisión Institucional de Ética del Gabinete Civil.
Resolución Nº 152/2009 Manual de Procedimientos para la Gestión de :
- Correspondencias
- Decretos
- Proyectos de leyes
- Resoluciones
- Leyes sancionadas
- Audiencias con el Ministro
Resolución Nº 900/2010 Reglamento Interno del Gabinete Civil de la Presidencia de la República
CONTACTOS
CENTRAL TELEFÓNICA
Tel: 4140200
SECRETARÍA PRIVADA
Palacio de Gobierno
El Paraguayo Independiente y Ayolas, Asunción.
Tel: (021) 41 40 201
DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS
Palacio de Gobierno
El Paraguayo Independiente y Ayolas, Asunción.
Tel: (021) 41 40 280
DIRECCIÓN GENERAL DE ANTICORRUPCIÓN E INTEGRIDAD
Benjamin Constant N° 889 casi Montevideo, Primer Piso, Oficina N° 4, Asunción.
Tel: (021) 41 40 243
DIRECCIÓN GENERAL DE COORDINACIÓN INTERINSTITUCIONAL
Dirección: Paraguayo Independiente esquina 14 de mayo, Asunción.
Tel: (021) 44 47 11
DIRECCIÓN GENERAL DE INFORMACIÓN PRESIDENCIAL
Dirección: Palacio de Gobierno
El Paraguayo Independiente y Ayolas, Asunción.
Tel: (021) 41 40 218
DIRECCIÓN GENERAL DEL CEREMONIAL DEL ESTADO
Dirección: Palacio de Gobierno
El Paraguayo Independiente y Ayolas, Asunción.
Tel: (021) 41 40 220
DIRECCIÓN DE PUBLICACIONES OFICIALES
Dirección: Avenida Estela Maris casi Hernandarias, Asunción.
Tel: (021) 493-907
DIRECCIÓN DE AUDITORÍA INTERNA INSTITUCIONAL
Benjamín Constant N° 889 casi Montevideo, Asunción.
Tel: (021) 41 40 286
COORDINACIÓN GENERAL FINANCIERA
Benjamín Constant N° 889 casi Montevideo, Asunción.
Tel: (021) 41 40 525
DIRECCIÓN DE UNIDAD DE CONTRATACIONES PÚBLICAS (UOC)
Benjamín Constant N° 889 casi Montevideo, Asunción.
Tel: (021) 41 40 387
DIRECCIÓN DE EJECUCIÓN PRESUPUESTARIA
Benjamín Constant N° 889 casi Montevideo, Asunción.
Tel: (021) 41 40 378
DIRECCIÓN DE PRESUPUESTO
Benjamín Constant N° 889 casi Montevideo, Asunción.
Tel: (021) 41 40 372
DIRECCIÓN DE CONTABILIDAD
Benjamín Constant N° 889 casi Montevideo, Asunción.
Tel: (021) 41 40 392
DIRECCIÓN DE PATRIMONIO
Benjamín Constant N° 889 casi Montevideo, Asunción.
Tel: (021) 41 40 380
DIRECCIÓN DE SERVICIOS GENERALES
Benjamín Constant N° 889 casi Montevideo, Asunción.
Tel: (021) 41 40 267
DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y DESARROLLO DE PERSONAS
Benjamín Constant N° 889 casi Montevideo, Asunción.
Tel: (021) 41 40 302
DIRECCIÓN GENERAL JURÍDICA, DECRETOS Y LEYES
Dirección: Palacio de Gobierno
El Paraguayo Independiente y Ayolas, Asunción.
Tel: (021) 41 40 364
DIRECCIÓN JURÍDICA
Dirección: Palacio de Gobierno
El Paraguayo Independiente y Ayolas, Asunción.
Tel: (021) 41 40 503
DIRECCIÓN DE DECRETOS Y LEYES
Dirección: Palacio de Gobierno
El Paraguayo Independiente y Ayolas, Asunción.
Tel: (021) 41 40 500
COORDINACIÓN DE ASUNTOS LEGALES
Benjamín Constan N° 889 casi Montevideo, Asunción.
Tel: (021) 41 40 501
DIRECCIÓN DE AUDITORÍA INTERNA INSTITUCIONAL
Benjamín Constan N° 889 casi Montevideo, Asunción.
Tel: (021) 41 40 386